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Según una sentencia del Supremo, Hacienda tendrá la potestad de comprobar si el valor declarado es correcto o no, pero tiene que justificar el valor que le otorga
El Tribunal Supremo ha fijado una sentencia en la que obliga a la Agencia Tributaria y no al comprador a justificar debidamente el valor del inmueble cuando la tasación realizada por Hacienda sea muy distinta de la estimada.
En la sentencia del pasado 23 de enero, la sala de lo contencioso estimaba parte del recurso de una empresa contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) sobre el cálculo del que deriva el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Para entender el caso, la empresa compró una finca y presentó una autoliquidación que la valoraba en 408.000 euors, por lo que abonó una plusvalía de 6.120 euros. Sin embargo, la tasación posterior de la propiedad por parte de Hacienda ascendió a 1,06 millones y exigió el pago de 10.419,59 euros.
Con la nueva sentencia, el Supremo ha dejado claro que es la Administración la que tendrá que justificar la tasación del inmueble cuando el cálculo sea distinto al valor real del inmueble. El método para comprobarlo "no es idóneo, por su generalidad y falta de relación con el bien", y perjudica claramente a los compradores.
Esta sentencia dicta que la Administración será la encargada de "justificar, antes de comprobar", que hay algo que merezca ser comprobado, es decir, "verificado en su realidad o exactitud por ser dudosa su correspondencia con la realidad". Esto se traduce en que Hacienda tendrá la potestad de comprobar si el valor declarado es correcto o no, pero tiene que justificar el valor que le otorga, según la sentencia.
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