El Constitucional aprovecha la candidatura de Sànchez para no pronunciarse sobre Puigdemont
El tribunal ha admitido el recurso del PSC contra el bloqueo de la legislatura y estudiará si una situación similar vulnera el derecho de los diputados.
El TC no se pronunciará sobre la investidura fallida de Puigdemont.
El Tribunal Constitucional evitará pronunciarse sobre la constitucionalidad de la investidura fracasada de Carles Puigdemont tras conocer la nueva propuesta de candidato anunciada este martes por el presidente del Parlamento de Catalunya, Roger Torrent, en la persona del número dos de la lista del JxCat, Jordi Sánchez.
El Pleno de este órgano, que tenía sobre la mesa la admisión o no del recurso del Gobierno -con el informe en contra del Consejo de Estado- ha acordado concretamente dar plazo tanto al Ejecutivo de Mariano Rajoy como al Parlamento de Catalunya y al resto de partes personadas, entre las que se encuentra el propio Puigdemont y el resto de diputados electos del JxCat, para que se pronuncien sobre la eventual pérdida de objeto del procedimiento.
Esta pérdida de objeto sería consecuencia de la publicación hoy en el Boletín Oficial del Parlamento de Catalunya, de sendas resoluciones por las que Torrent deja sin efecto las que fueron recurridas en su día por la Abogacía del Estado y fija el Pleno de investidura de Sánchez para el próximo lunes.
El Tribunal acuerda, asimismo, mantener las medidas cautelares dictadas el pasado 27 de enero mientras se resuelve si se ha producido o no la pérdida de objeto del procedimiento.
En dicha ocasión se suspendieron cautelarmente las resoluciones dirigidas a investir a Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat y advertía que no podría llevarse a cabo ni a través de medios telemáticos ni por sustitución por otro parlamentario y que, en todo caso, debía contar con autorización judicial.
El TC también prohibió delegar el voto en otros parlamentarios a los miembros de la Cámara autonómica sobre los que pesara orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión.
"CONSECUENCIAS POLÍTICAS" DEL RECUSO DEL PSC
Por otra parte, el tribunal de garantías ha admitido el recurso del PSC contra el bloqueo de la legislatura, por lo que estudiará si una situación similar en las próximas semanas vulnera el derecho fundamental de los diputados de cumplir con su función legislativa.
Considera que el caso podría tener "unas consecuencias políticas generales" que podrían aplicarse a otros casos en el futuro.
No se acogen, al menos por el momento, las medidas cautelares solicitadas por el PSC para que el TC fijara un plazo para la celebración de Pleno de Investidura en el Parlament o una fecha límite a partir de la cual deba considerarse que ha tenido lugar un "hecho equivalente" a una primera votación, lo que permitiría dejar correr los plazos legales para convocar unas nuevas elecciones.
En este caso, el TC considera que el recurso cumple con el requisito legal de la especial trascendencia constitucional por dos razones: la primera que "plantea un problema que afecta a una faceta del derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal", y la segunda que "el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales.
En su demanda, el PSC sostiene que el aplazamiento sin fecha de la investidura afecta a la iniciativa legislativa de los diputados del Parlamento de Catalunya y a su función de control a poder ejecutivo, que son elementos básicos del derecho fundamental de los diputados a "ejercer los cargos y funciones públicas en condiciones de igualdad, sin perturbaciones ilegítimas" tal y cono establece el artículo 23 de la Constitución.
También denuncia que, de forma indirecta, se habría visto asimismo afectado el derecho de los ciudadanos a elegir a sus representantes políticos, pues quedaría vacío de contenido si se impide a los diputados ejercer sus funciones con todas las garantías.
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