Juzgan este miércoles por delito urbanístico al exalcalde de Badalona, Rubén Guijarro
La Fiscalía pide 4 años de prisión, 16 de inhabilitación y multa
El exalcalde de Badalona (Barcelona) por el PSC, Rubén Guijarro, será juzgado el miércoles en la Audiencia de Barcelona junto a dos técnicos del consistorio por un presunto delito sobre la ordenación del territorio, según el escrito de acusación de la Sección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía consultado por Europa Press.
Para todos ellos la Fiscalía pide una pena de 4 años de prisión, 16 años de inhabilitación y multa de 7.800 euros por unos hechos que ocurrieron entre 2018 y 2020, cuando Guijarro era concejal de Urbanismo.
Los otros dos acusados son el entonces jefe de Servicio de Disciplina Urbanística y el jefe de la Unidad Jurídica del Departamento Urbanismo entre 2018 y 2019.
La acusación pública considera que los tres acusados eran, conforme a los cargos que ocupaban, los "garantes del correcto ejercicio de la potestad sancionadora urbanística municipal" y que incumplieron sus obligaciones.
Los acusa de no perseguir a los responsables de un conjunto de "construcciones, alteraciones en el terreno y usos con un carácter recreativo" en parcelas de la Serralada de Marina catalogadas como suelo no urbanizable y especialmente protegido por su valor natural, pese a tener conocimiento de ello mediante informes de Agentes Rurals.
Contrarios a la normativa urbanística
La Fiscalía sostiene que se detectaron un conjunto de edificaciones, construcciones y transformaciones --algunas de ellas viviendas-- "totalmente contrarios" a la normativa urbanística municipal y autonómica y que, además, algunos de los responsables de las obras ocuparon los terrenos sin ningún tipo de autorización por parte de los legítimos propietarios.
Los acusa de no proponer un procedimiento sancionador y de pedir una licencia para las obras pese a que las construcciones tenían un carácter "manifiestamente ilegalizable", alejándose de sus obligaciones legales de no iniciar procedimientos o trámites destinados a sancionar la referida infracción, muy grave, en palabras de la Fiscalía.
Finalmente, los procesados iniciaron un procedimiento sancionador contra los propietarios de las fincas y no contra quienes habían hecho las transformaciones y usos ilícitos de los terrenos protegidos, pues "de forma expresa o tácita estos no quisieron dirigir ningún procedimiento sancionador contra la persona que sabían que había hecho las construcciones y usos del suelo" conforme a la información obtenida.
Concluye que los tres "conocían todas aquellas limitaciones que la normativa urbanística en relación a los posibles usos y transformaciones a desarrollar en estas parcelas atendiendo su consideración de suelo no urbanizable especialmente protegido por su valor natural".
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