El Tribunal Supremo tumba el plan de Barcelona para limitar los locales de apuestas
La justicia considera que la restricción de distancia vulnera el libre mercado, aunque el Ayuntamiento insiste en proteger a los jóvenes
El Tribunal Supremo ha fallado en contra del Ajuntament de Barcelona en relación con la implantación de una serie de artículos dentro del Plan Urbanístico, cuya finalidad no era otra que la de limitar la creación de locales de juegos de azar a menos de 800 metros de centros educativos y a menos de 450 metros de otros espacios sensibles como centros de salud o espacios dedicados a la juventud. Una medida que seguía la línea de los planes municipales para actuar contra las apuestas, pero que ahora el Supremo ha tumbado.
En este sentido, aunque el consistorio tiene plena competencia para regular los límites de implantación de locales como los de juego, el Supremo ha considerado que se vulneran los principios de justificación, proporcionalidad y el respeto al libre mercado y a la libertad de establecimiento.
Por su parte, desde el Ajuntament de Barcelona están decididos a defender una medida aprobada en 2021 y van a llevar a cabo las enmiendas necesarias para que los artículos introducidos en el Plan Urbanístico puedan ser aprobados por el Supremo. Mientras tanto, el gobierno de Jaume Collboni ha anunciado la suspensión de la entrega de licencias durante un año prorrogable.
Este conjunto de medidas forma parte del plan de Barcelona para limitar el factor de riesgo que suponen los juegos de azar para los jóvenes, quienes llevan tiempo viendo amenazada su salud mental por culpa de la adicción a las apuestas.
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