¿Qué pasará si el Estado cede por completo la recaudación a Catalunya?

Que una comunidad retenga el 100% de la recaudación de todos los tributos tendría un impacto significativo en el sistema de financiación autonómica en su totalidad

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Archivo - La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ofrece una rueda de prensa en la sede del Ministerio, a 30 de marzo de 2023, en Madrid (España).

 

Archivo - La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ofrece una rueda de prensa en la sede del Ministerio, a 30 de marzo de 2023, en Madrid (España).
Archivo - La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero / @EP

Uno de los puntos más importantes del acuerdo entre Junts y el PSOE es que se cederán el 100% de los tributos que se pagan en Catalunya a la Generalitat. Por el momento, todavía no se sabe el alcance de este punto, pero una evaluación preliminar sugiere que cualquier nuevo sistema foral estaría en contravención con la Constitución, principalmente por una razón sencilla. La Carta Magna habilita esta prerrogativa por motivos de "derechos históricos", según establece la disposición primera de la Constitución, exclusivamente para el País Vasco y Navarra. Ninguna otra comunidad, a excepción de Canarias, tiene derecho a un régimen propio debido a su singularidad territorial.
 

 

Entre otras razones, esto se debe a que tanto el Concierto vasco como el Convenio navarro especifican claramente que las "instituciones competentes" de ambas regiones tienen el derecho expreso de "mantener, establecer y regular su propio sistema tributario". Esto implica que poseen la capacidad normativa en el ámbito de una coordinación necesaria con el Estado. La ausencia de este aspecto en el acuerdo se debe simplemente a la inexistencia de dichas instituciones, como las diputaciones forales en el caso vasco, las cuales no están contempladas en el Estatuto de Autonomía de Catalunya.

 

Por lo tanto, sería necesario llevar a cabo una reforma constitucional (así como estatutaria) para establecer los órganos mencionados, una medida que actualmente no está contemplada en el acuerdo. 


¿QUÉ EFECTOS ECONÓMICOS TENDRÁ ESTA CESIÓN TRIBUTARIA?

El modelo actual se sustenta en un sistema donde el Estado cede diversos tributos a las distintas comunidades autónomas. En otras palabras, aunque la Agencia Tributaria estatal sea responsable de la recaudación de impuestos, una porción sustancial ya queda, tal como establece el acuerdo, en las arcas de las comunidades autónomas.

 

En este contexto, la recaudación se integra como parte de los recursos tributarios de cada Gobierno autonómico, y los porcentajes correspondientes no son insignificantes. De manera específica, los recursos tributarios siguientes forman parte de la capacidad tributaria autonómica:

 

  • La mitad (50%) de la tarifa del impuesto sobre la renta de los residentes en cada una de las comunidades, con una amplia capacidad normativa.
  • La mitad (50%) de la recaudación líquida generada por el impuesto sobre el valor añadido.
  • El 58% de la recaudación líquida proveniente de los impuestos sobre el vino, la cerveza, las bebidas fermentadas, hidrocarburos y tabaco.
  • La totalidad (100%) de la recaudación líquida del impuesto sobre la electricidad.
  • La totalidad (100%) de la recaudación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, además del impuesto sobre sucesiones y donaciones, así como los tributos vinculados al juego y las tasas correspondientes a los servicios transferidos. También se incluye el impuesto sobre el patrimonio.


Es decir, el cambio real sería pasar del 50% (ya que se trata de los impuestos con mayor potencia recaudatoria) al 100%.  En el libro blanco aprobado en 2022, aunque apenas toca el tema de la financiación autonómica, se señala que la descentralización del IRPF implica que las decisiones relacionadas con este impuesto "deban considerar las posibles repercusiones sobre el sistema de financiación autonómica". Esta consideración cobra relevancia debido a que el IRPF es el de mayor capacidad recaudatoria. 

 

Actualmente, esta capacidad se estructura mediante diversos fondos, como el de Garantía de Servicios Públicos, el de Suficiencia Global, los denominados fondos de convergencia (competitividad y cooperación), y el Fondo de Compensación Interterritorial, que, aunque va perdiendo relevancia, sigue estando consagrado en la Constitución.

 

 

Por esta razón, que una comunidad retenga el 100% de la recaudación de todos los tributos tendría un impacto significativo en el sistema de financiación autonómica en su totalidad. Hay que tener en cuenta que Catalunya representa aproximadamente el 18% del PIB, por lo que si logra establecer un espacio fiscal propio similar al Concierto, tendría un efecto significativa. 

 

Es crucial tener en cuenta que el único impuesto significativo que aún no ha sido cedido, debido a sus características especiales que permiten a las empresas tener sedes en diversas partes del país, es el impuesto de sociedades. La recaudación de este impuesto en 2022, que ascendió a 32.176 millones de euros, representa apenas el 12,6% de los ingresos tributarios totales del Estado (255.463 millones). En otras palabras, este sería el margen de maniobra que Cataluña tendría para implementar políticas públicas, sin considerar las cotizaciones sociales y otros recursos de menor cuantía.

 

CORRESPONSABILIDAD FISCAL


Una perspectiva completamente diferente es avanzar en la corresponsabilidad fiscal, una demanda reiterada en todos los informes de expertos publicados en las últimas décadas.

 

Este enfoque implica lograr un equilibrio más justo entre lo recaudado por los gobiernos autonómicos y sus respectivos gastos, un concepto que ya estaba presente en el informe Lagares de 2014. En aquel momento, el informe señaló que las comunidades autónomas obtienen alrededor del 32% de los ingresos impositivos recaudados en España. Sin embargo, solo tienen capacidad normativa sobre un poco más del 50% de esos ingresos, lo que significa que la autonomía impositiva de las comunidades autónomas afectaría solo al 17% de los ingresos tributarios.

 

La conclusión fue que la autonomía impositiva es inferior a la autonomía del gasto, que representa el 30% del total. Como resultado, España se ubica entre los países con un grado intermedio de autonomía fiscal, junto con Australia, Alemania y Rusia, gracias al papel relevante de las transferencias y los impuestos compartidos.

 

No obstante, si estos dejan de ser compartidos y pasan a ser de titularidad autonómica, quien sufre es el Estado, que queda relegado a un papel de mero coordinador, salvo en asuntos relacionados con la Seguridad Social.

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