Ya es posible jubilarse a los 52 años con la pensión completa: la nueva reforma del Gobierno
El Consejo de Ministros regula el procedimiento para anticipar la jubilación a los 52 años en empleos duros, peligrosos o insalubres
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula cómo podrán anticipar su jubilación los trabajadores que desarrollen actividades penosas, peligrosas o insalubres. Esta medida, contemplada en las reformas del sistema de pensiones iniciadas en 2021, busca adaptar la edad de jubilación a las condiciones reales de trabajo y se enmarca en el acuerdo alcanzado en julio de 2024 entre Gobierno, sindicatos y patronal.
A través de un nuevo procedimiento técnico y participativo, se podrán aplicar coeficientes reductores que adelanten la edad de jubilación, con un mínimo de 52 años, siempre que se acredite un elevado nivel de morbilidad o siniestralidad en el sector profesional afectado.
Criterios objetivos para identificar profesiones de alto desgaste
El Real Decreto introduce una batería de indicadores que servirán para evaluar si una ocupación puede acogerse a este régimen especial. Entre ellos:
- Exposición a temperaturas extremas, vibraciones o ruidos constantes
- Esfuerzo físico continuado
- Contacto habitual con sustancias tóxicas o agentes biológicos
- Alta incidencia de incapacidades temporales o permanentes
- Mayor mortalidad laboral en comparación con otros sectores
Con estos datos, la Seguridad Social elaborará informes técnicos que valorarán también aspectos como la edad de los trabajadores, el tipo de jornada, la rotación o el entorno geográfico.
Cómo se inicia el proceso y quién puede solicitarlo
El procedimiento podrá ser activado mediante solicitud de:
- Organizaciones empresariales
- Sindicatos
- Administraciones públicas
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social analizará la documentación y recabará informes de organismos técnicos como la Inspección de Trabajo o el Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo. Posteriormente, una comisión evaluadora con participación de los agentes sociales emitirá una resolución. Si se cumplen los requisitos, se podrá aprobar un Real Decreto sectorial que habilite la jubilación anticipada para ese colectivo.
Límites y exclusiones: quién queda fuera
Este nuevo procedimiento no se aplicará a colectivos ya regulados, como:
- Mineros
- Trabajadores del mar
- Personal de vuelo
- Ferroviarios
- Policías locales y autonómicos
- Bomberos
- Artistas y profesionales taurinos
Tampoco se permitirá compatibilizar la jubilación anticipada con el ejercicio de la misma actividad que la motivó.
Implicaciones económicas: cotización adicional
Para garantizar la sostenibilidad del sistema, los colectivos que se acojan a esta medida deberán cotizar más a la Seguridad Social, mediante un tipo adicional sobre la base de contingencias comunes. Esta cuota será asumida por empresa y trabajador, y se definirá cada año en los Presupuestos Generales del Estado.
Posibles nuevos colectivos beneficiarios
Aunque aún no hay sectores concretamente aprobados bajo este nuevo marco, algunas profesiones con condiciones especialmente duras podrían solicitarlo, como:
- Camareras de piso
- Conductores profesionales
- Personal sanitario de atención directa
- Trabajadores de la construcción
- Empleados de industrias químicas
- Buceadores y operarios subacuáticos
Convergencia con Europa y principios de equidad
Esta normativa sitúa a España en línea con países como Francia, Italia o Austria, que ya contemplan la jubilación anticipada por motivos profesionales. El objetivo: un sistema más flexible y justo, que reconozca el impacto real del entorno laboral en la salud de los trabajadores.
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