La CNMC se ampara en una directiva europea para blindar a los consumidores tras el apagón eléctrico
Desde el ámbito jurídico, se recuerda que el llamado “efecto directo de las directivas europeas” solo es aplicable contra los Estados miembros, no frente a empresas privadas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un nuevo frente en el sector energético al ampararse en una directiva europea todavía no transpuesta al ordenamiento jurídico español para impedir que las comercializadoras eléctricas modifiquen unilateralmente las condiciones de los contratos a precio fijo.
La actuación del regulador se produce tras el histórico apagón del 28 de abril, que dejó a buena parte del país sin suministro eléctrico durante casi diez horas y obligó a Red Eléctrica a activar una operación de refuerzo del sistema, lo que ha elevado notablemente los costes de ajuste energético.
Costes disparados y reacción regulatoria
Desde el apagón, el precio de los servicios de ajuste del sistema —los mecanismos que garantizan la estabilidad de la red— se ha disparado, pasando de 11,6 euros/MWh en enero a 26,2 euros/MWh en mayo. Este incremento ha sido trasladado por las operadoras al mercado, afectando especialmente a las comercializadoras con contratos a precio fijo que no pueden repercutir el sobrecoste a sus clientes.
Ante esta situación, el 16 de junio la CNMC emitió un comunicado en el que advirtió que las condiciones pactadas en los contratos a precio fijo no pueden ser alteradas hasta su vencimiento, una decisión que busca proteger a los consumidores frente a subidas encubiertas del recibo eléctrico.
Amparo en una directiva aún sin transponer
Lo polémico es que la CNMC se ha basado en la Directiva UE 2024/1711, aprobada a nivel comunitario pero aún no incorporada al Derecho español. Esta norma prohíbe explícitamente las modificaciones unilaterales de contratos de suministro a precio fijo, pero su aplicación directa en España aún no está legalmente habilitada.
Desde el ámbito jurídico, se recuerda que el llamado “efecto directo de las directivas europeas” solo es aplicable contra los Estados miembros, no frente a empresas privadas. Por tanto, la validez jurídica de esta medida podría ser impugnada por las comercializadoras afectadas.
Preocupación en el sector energético
Fuentes del sector eléctrico han manifestado su preocupación por lo que consideran una interpretación forzada del marco legal. Alertan de que muchas comercializadoras, especialmente las de menor tamaño, podrían verse en graves dificultades financieras si no pueden trasladar el aumento de costes a sus tarifas, lo que podría derivar en cierres o impagos.
Aun así, desde la CNMC insisten en que el espíritu de la directiva es claro: proteger al consumidor doméstico en contextos de tensión energética y garantizar que los compromisos contractuales se respeten.
Un precedente legal sensible
Este caso podría sentar un precedente delicado en la interpretación de directivas comunitarias aún no transpuestas, especialmente en sectores regulados. Mientras tanto, el Gobierno trabaja contrarreloj en la transposición formal de la norma, prevista para el cuarto trimestre de 2025.
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