Mano dura contra los carteristas: la Policía podría detenerlos si son reincidentes

Una modificación del Código Penal permitirá a las fuerzas de seguridad detener a los carteristas que ya hayan cometido el mismo delito con anterioridad, aunque el importe sea menor a 400 euros

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Catalunya press   policia

 

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Policía deteniendo a una persona / @EP

La modificación del Código Penal permitirá a la Policía detener a los carteristas reincidentes, a pesar de que el hurto no llegue a los 400 €. Hasta ahora, estos ladrones no eran arrestados porque el importe no llegaba al importe mínimo, pero esto cambiará a partir de ahora.

 

La situación no era nada fácil, ya que la efectividad de los cuerpos policiales quedaba menguada por las competencias que tenían. Hasta ahora, a los ladrones se les imponían multas que, en muchos casos, no podían pagar porque se declaraban insolventes. Por lo tanto, no eran detenidos y tampoco pagaban multas, pero está dinámica está a punto de llegar a su fin.

 

El pasado 29 de julio, en el Boletín Oficial del Estado se modificó el artículo 234.2, el relativo a los delitos de hurto para así poder atacar esta práctica demasiado común en España. Sin embargo, no entrará en vigor hasta en 29 de agosto. 

 

Según los datos del Ministerio del Interior, los hurtos aumentaron un 51,4% en el primer trimestre de 2022 respecto al 2021. En números, esto se traduce en 145.399 robos en 2022, por 96.090 en 2021. 

 

Precisamente, los grupos itinerantes son algunos de los más reincidentes en estos casos. Son clanes de personas que van cambiando de ciudad a medida que comienzan a ser conocidos por las autoridades. Estos grupos solían actuar en grandes concentraciones de personas, pero el confinamiento supuso un punto de inflexión hacia estos clanes. 

 

PENAS DE 6 A 18 MESES DE PRISIÓN

 

Con esta reforma, se podrán penar los delitos de hurto leves de forma más severa. Además, en estos casos de hurtos inferiores a 400 €, se aumentará la pena de prisión siempre y cuando haya sido reincidente y el valor de los objetos robados, contando las veces anteriores, supere los 400€. "En esos casos se impondrá la pena del tipo básico del artículo 234.1 del Código Penal, que es una pena de prisión de 6 a 18 meses", según el texto oficial. 

 

 

 

 

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