Sentencia laboral histórica contra el Ayuntamiento de Barcelona
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, a instancias del Supremo, insta al consistorio a respetar el principio de no discriminación que se recoge en la cláusula 4 de la directiva 1999/70 de la Comisión Europea

La CGT del Ayuntamiento de Barcelona ha conseguido una victoria histórica en los tribunales . El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), a instancias del Tribunal Supremo (TS) , ha dicho que a partir de ahora, y en igualdad de condiciones, todo el personal interino y temporal podrá participar en procesos de promoción interna, sea por concurso de méritos o por concurso de oposición restringida.
La sentencia de la sección IV de la sala de lo contencioso administrativo del TSJC, que ya es firme (y que el gobierno municipal no recurrirá y acatará, cosa que ya han comunicado a la CGT) confirma que no se puede discriminar a ningún trabajador público en el derecho a una carrera profesional, independientemente del contrato que tenga. Así lo recoge la cláusula 4 de la Directiva 1999/70 de la Comisión Europea. El sindicato considera "una gran victoria" este último hecho, la imposibilidad de descartar a alguien por su tipología de contrato.
El proceso en cuestión comenzó en 2017 , por una plaza en un concurso de gestión de proyectos de recursos humanos. Sin embargo, según explicaron representantes sindicales el 21 de julio, "el sector del concurso es lo de menos de todo". "La razón que nos llevó a impugnar el concurso era nuestra intención de proteger a los interinos y equiparar sus derechos con los de los funcionarios", explicó Israel Ureña, secretario general de acción sindical de la CGT en el Ayuntamiento . Ureña añadió que, gracias a esta sentencia, en los próximos concursos "se podrá presentar a todo el mundo".

Otra de las presentes en la presentación de la sentencia fue Aurora Manzanares, del Col·lectiu Ronda, una cooperativa de abogados y abogadas. La jurista apuntó que lo que ha terminado ha sido "un camino largo" , y explicó que el TS, a diferencia de las instancias jurídicas anteriores , "entró en el fondo de la cuestión" , al motivo que llevó a la CGT a impugnar el concurso.
Manzanares también apuntó que el consistorio tiene previsto encontrarse con los sindicatos (con la CGT, pero también con otros, como Comisiones Obreras y UGT) para replantear el modelo de concursos públicos . Si nada cambia, estas reuniones se fijarán en septiembre , cuando se haya vuelto a poner en marcha la actividad política e institucional tras el bajón habitual de agosto.
"ESTABILIDAD PARA LOS INTERINOS"
Por su parte, Josep García, secretario de organización de la Federación Española de Trabajadores de Administraciones Públicas (FETAP) dijo que la sentencia "da estabilidad a los interinos" y denunció que "en los concursos que se hacen en España la cláusula 4 de la directiva 1999/70 de la Comisión Europea no siempre ha sido bien transpuesta, incurriendo en ocasiones en fraudes de ley".
El sindicalista añadió que ahora deben luchar "para llevarlo a todas las administraciones donde CGT tenga representación" y que "los concursos se hagan en igualdad de condiciones".
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