¡Cuidado! Cambios en la forma de inscribir bebés nacidos por gestación subrogada en el Registro Civil
La modificación se aprobó el miércoles 30 de abril
El Gobierno español ha anunciado una nueva instrucción que impedirá al Registro Civil inscribir directamente a los bebés nacidos por gestación subrogada en el extranjero. A partir de ahora, la filiación de estos menores solo podrá reconocerse mediante los procedimientos legales habituales: por vínculo biológico o a través de la adopción. Esta medida refuerza la prohibición ya existente de la gestación subrogada en España y se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 1 de mayo.
La decisión, aprobada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, busca frenar el uso de esta práctica por ciudadanos españoles en otros países, evitando que se eluda la legislación nacional. Según el Gobierno, responde a una reivindicación histórica del movimiento feminista y de organizaciones defensoras de los derechos de la infancia, que consideran que la gestación subrogada supone una forma de mercantilización del cuerpo de la mujer y de los menores.
Hasta ahora, los bebés nacidos por esta vía podían ser inscritos en España si se cumplían ciertos requisitos legales, como la presentación de una resolución judicial extranjera validada mediante un procedimiento de exequatur. Con la nueva instrucción, esta vía queda cerrada.
El cambio se basa en una sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2024, que por primera vez denegó el exequatur a una resolución judicial estadounidense que avalaba un contrato de gestación subrogada. El Alto Tribunal consideró que dicho contrato era nulo y contrario a la legislación española, al cosificar tanto a la mujer gestante como al menor, y vulnerar principios fundamentales del ordenamiento jurídico nacional.
La sentencia también subraya que la protección del menor debe basarse en las leyes y convenios internacionales reconocidos por España y su interpretación jurisprudencial. En línea con este fallo, el Gobierno adapta ahora el régimen registral para evitar cualquier atajo legal que permita el reconocimiento automático de estos nacimientos.
Además, el Ejecutivo defiende que esta nueva instrucción está alineada con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que admite que los países pueden establecer restricciones frente a prácticas prohibidas en sus leyes. Instituciones como el Parlamento Europeo también se han posicionado en contra de la gestación subrogada, considerándola una práctica contraria a la dignidad de la mujer, al convertir su cuerpo y su función reproductiva en una mercancía.
En 2024, se inscribieron en el Registro Civil español 154 menores nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero, lo que, según el Gobierno, refleja la urgencia de cerrar esta puerta legal. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ya había adelantado la medida días antes, asegurando que el objetivo era hacer cumplir “hasta sus últimas consecuencias” la prohibición vigente en el país.
España se une así a otros países europeos como Alemania, Francia e Italia, que también prohíben esta práctica. El Gobierno recalca que la nueva instrucción no busca perjudicar a los menores, sino proteger sus derechos, garantizando que la determinación de la filiación se realice de acuerdo con los procedimientos legales establecidos, sin recurrir a contratos considerados ilegales y éticamente cuestionables en el marco jurídico español.
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