¡Confirmado! El Tribunal Supremo impone la condena a Saül Gordillo por agresión sexual
El alto tribunal rechaza el recurso del exdirector de 'El Principal' y mantiene la pena de un año de prisión y dos años de libertad vigilada por los hechos ocurridos tras una cena de empresa en 2022
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año de prisión y dos años de libertad vigilada impuesta al periodista Saül Gordillo, exdirector del diario digital El Principal, por una agresión sexual cometida contra una redactora del mismo medio durante la cena de Navidad celebrada en diciembre de 2022.
Con esta resolución, el alto tribunal desestima el recurso de queja interpuesto por la defensa de Gordillo y da por buena la sentencia dictada por la Audiencia de Barcelona, que ya había ratificado el fallo del Juzgado de lo Penal número 7 de Barcelona. La condena considera acreditado que Gordillo tocó las partes íntimas de la trabajadora sin su consentimiento, un comportamiento que, según la sentencia, se encuadra claramente en el tipo penal de agresión sexual.
Recurso inadmitido por defectos de forma
En el auto judicial, al que ha tenido acceso Europa Press y que ha sido avanzado por El Periódico, el Supremo argumenta que el recurso presentado no se ajusta a los requisitos formales exigidos tras la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En concreto, se reprocha a la defensa que no identificara con precisión qué precepto legal considera vulnerado, ni detallara adecuadamente las razones por las que se estaría incurriendo en una calificación jurídica errónea de los hechos probados.
La Sala califica de “genérica, estereotipada y sin base argumental” la alegación central del recurso, en la que la defensa sostenía que el relato de hechos probados no contenía los elementos suficientes para tipificar el delito de agresión sexual.
El origen del caso: una cena de empresa
Los hechos por los que Gordillo ha sido condenado ocurrieron la noche del 15 de diciembre de 2022, tras una cena navideña organizada por el diario El Principal. Parte del equipo se desplazó a una discoteca en Barcelona, donde, según el testimonio de la víctima y lo recogido en la sentencia, el entonces director del medio se acercó a la trabajadora y le introdujo la mano por debajo del pantalón para tocarle sus partes íntimas, sin consentimiento.
El relato fue considerado veraz y coherente tanto por el juzgado de primera instancia como por la Audiencia Provincial. Ambos órganos rechazaron los argumentos exculpatorios de la defensa y consideraron probado el abuso, en un contexto marcado por la relación de jerarquía profesional entre el acusado y la víctima.
Una condena firme
Con esta decisión del Supremo, la condena a Saül Gordillo queda ratificada de forma firme. Además de la pena de prisión y la libertad vigilada, se le impone también la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante un periodo de tiempo determinado y la obligación de participar en un programa de educación sexual.
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