Nuevo varapalo al arte catalán: el Supremo ordena devolver las pinturas de Sijena
El Tribunal Supremo confirma que el MNAC debe restituir las obras al monasterio aragonés
El Tribunal Supremo ha asestado un nuevo golpe al patrimonio artístico catalán. Según ha informado el propio tribunal este miércoles, la sala de lo civil ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Huesca que obliga al Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC) a devolver las pinturas murales de la sala capitular del monasterio de Vilanova de Sijena (Huesca), de donde fueron retiradas.
La demanda fue presentada por el Gobierno de Aragón, tras recibir la cesión de acciones por parte de la comunidad religiosa titular del monasterio. También se personó el Ayuntamiento de Sijena. En el proceso judicial figuraban como demandados el Gobierno de España, el MNAC y la Generalitat de Catalunya.
El alto tribunal ha descartado todos los argumentos de la Generalitat, incluida la supuesta prescripción de la demanda. El Supremo afirma con rotundidad que "la acción reivindicatoria no se encuentra prescrita" y que el MNAC nunca poseyó las pinturas "a título de amo", ya que las recibió en calidad de depósito, no como propiedad.
La sentencia también reafirma que el contrato firmado décadas atrás por la priora del Monasterio de Valldoreix con el Govern catalán, que presuntamente autorizaba la cesión de las pinturas, no tiene validez legal. El Supremo sostiene que dicha priora “no tenía la representación” del monasterio de Sijena.
Esta decisión judicial se suma a un caso anterior que ya generó gran polémica: la confiscación de 44 obras del Museu de Lleida en 2017 por orden judicial, también reclamadas por Aragón. En ese caso, los exconsellers de Cultura Santi Vila y Lluís Puig fueron acusados por desobediencia, aunque Puig fue posteriormente absuelto por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).
Por otro lado, el Supremo ha desestimado que haya existido “indefensión” hacia la administración catalana durante el proceso y ha declarado como válidos los documentos que justifican la legitimación del Gobierno de Aragón en el pleito.
Con esta resolución, el Tribunal Supremo deja claro que la jurisdicción civil es la competente en esta materia y zanja la disputa reconociendo el derecho del monasterio de Sijena a recuperar las pinturas que durante años formaron parte del fondo artístico del MNAC.El Tribunal Supremo ha asestado un nuevo golpe al patrimonio artístico catalán. Según ha informado el propio tribunal este miércoles, la sala de lo civil ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Huesca que obliga al Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC) a devolver las pinturas murales de la sala capitular del monasterio de Vilanova de Sijena (Huesca), de donde fueron retiradas.
La demanda fue presentada por el Gobierno de Aragón, tras recibir la cesión de acciones por parte de la comunidad religiosa titular del monasterio. También se personó el Ayuntamiento de Sijena. En el proceso judicial figuraban como demandados el Gobierno de España, el MNAC y la Generalitat de Catalunya.
El alto tribunal ha descartado todos los argumentos de la Generalitat, incluida la supuesta prescripción de la demanda. El Supremo afirma con rotundidad que "la acción reivindicatoria no se encuentra prescrita" y que el MNAC nunca poseyó las pinturas "a título de amo", ya que las recibió en calidad de depósito, no como propiedad.
La sentencia también reafirma que el contrato firmado décadas atrás por la priora del Monasterio de Valldoreix con el Govern catalán, que presuntamente autorizaba la cesión de las pinturas, no tiene validez legal. El Supremo sostiene que dicha priora “no tenía la representación” del monasterio de Sijena.
Esta decisión judicial se suma a un caso anterior que ya generó gran polémica: la confiscación de 44 obras del Museu de Lleida en 2017 por orden judicial, también reclamadas por Aragón. En ese caso, los exconsellers de Cultura Santi Vila y Lluís Puig fueron acusados por desobediencia, aunque Puig fue posteriormente absuelto por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).
Por otro lado, el Supremo ha desestimado que haya existido “indefensión” hacia la administración catalana durante el proceso y ha declarado como válidos los documentos que justifican la legitimación del Gobierno de Aragón en el pleito.
Con esta resolución, el Tribunal Supremo deja claro que la jurisdicción civil es la competente en esta materia y zanja la disputa reconociendo el derecho del monasterio de Sijena a recuperar las pinturas que durante años formaron parte del fondo artístico del MNAC.
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