El pleno del Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC) ha declarado a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) responsable de tres infracciones graves por incumplimiento del límite máximo por emitir mensajes publicitarios que prevé la ley y le ha impuesto una multa de 12.001 euros por cada una, para un total de 36.003 euros.
El acuerdo se ha adoptado por dos votos a favor, dos votos en contra y el voto de calidad del presidente del CAC, Xevi Xirgo, informa este jueves el organismo regulador en un comunicado.
Fuentes de la CCMA han asegurado a Europa Press que recurrirán la sanción y han señalado que Catalunya Ràdio "no ha superado en ningún caso" el límite máximo para emitir mensajes publicitarios.
El CAC analizó, en una primera instancia, 13 franjas de una hora de duración emitidas a lo largo de 2024 y constató que "superaban el límite de 6 minutos de publicidad por hora de reloj" que establece la Instrucción general del organismo sobre los límites en la presencia de comunicaciones comerciales en el servicio público de radio.
El organismo regulador abrió el 29 de enero un periodo de información previa del expediente sancionador y envió a la CCMA los dos informes de contenidos, que detallan las 13 franjas de una hora de referencia y los tiempos de mensajes publicitarios, en todos los casos superiores a los 6 minutos.
En sus alegaciones, la CCMA presentó consideraciones para justificar las 13 franjas: en 8 de ellas se generaron porque Catalunya Ràdio emitió entrevistas y noticias de última hora, que provocó que, para mantener la integridad informativa, una parte de la publicidad de la primera hora se trasladase a la hora siguiente sin que se superase la suma de tiempo permitido para dos horas.
La CCMA también presentó un nuevo minutaje, con "unos segundos de diferencia por mensaje respecto" al realizado por el CAC, y se indicó la naturaleza de contenido social de otras franjas y la emisión de una cuña por error.
Analizadas las alegaciones, el CAC aceptó como correctas las cifras de duración declaradas por la CCMA, la naturaleza social de determinados mensajes para los anuncios pero no en el caso de patrocinio, y aceptó en seis de los casos la acumulación de cuñas en dos horas.
Por ello, el CAC estableció que la CCMA incumplió el límite máximo de 6 minutos en cuatro franjas, a lo que la CCMA alegó en una de ellas, que el organismo regulador aceptó.
Fuentes de la CCMA han explicado que Catalunya Ràdio no ha superado el límite publicitario permitido y que la sanción se refiere a "tres momentos muy puntuales": dos de ellos vinculados a la actualidad y un tercero fruto de un error humano.
Ha dicho que en estos tres casos "se han superado solo algunos segundos" el límite: uno, por caso referido a la invasión de Líbano e incidencias en las red ferroviaria catalana; en el segundo en el día que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anuncia un periodo de reflexión, y el tercero, por un error humano en la programación de cuñas.
La CCMA ha dicho que la normativa europea establece franjas "mucho más flexibles que superan las horas de reloj", y ha afirmado que la normativa del CAC es de 2011 y preveía una actualización cada dos años, que no se ha llegado a producir.
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