El Tribunal Supremo da una pensión vitalicia a una mujer tras dedicar 24 años al cuidado de su familia
El alto tribunal fija una pensión compensatoria vitalicia de 1.400 euros al mes y advierte que exigirle encontrar trabajo sería “futurismo”.
Una sentencia del Tribunal Supremo ha puesto el foco en una realidad que afecta a miles de divorcios en España: la dependencia económica tras décadas dedicadas al hogar. El alto tribunal ha reconocido el derecho de una mujer de 61 años a recibir una pensión compensatoria vitalicia de 1.400 euros mensuales tras haber dedicado gran parte de su vida matrimonial al cuidado de sus hijos y al apoyo profesional de su exmarido.
La resolución judicial, correspondiente a la sentencia STS 5244/2025 y publicada por el Consejo General del Poder Judicial, revisa el caso de una pareja que estuvo casada durante 33 años. Durante ese tiempo, la mujer abandonó su empleo como auxiliar administrativa para asumir de forma exclusiva las tareas del hogar y la crianza, mientras su marido continuaba con su carrera laboral.
Tras la separación de hecho en 2014, el exmarido siguió enviando transferencias mensuales de entre 4.000 y 6.000 euros para cubrir los gastos familiares, manteniendo así una clara dependencia económica. Sin embargo, al no alcanzar un acuerdo definitivo tras el divorcio, el conflicto acabó en los tribunales.
El Supremo rechaza poner fecha a la pensión
El caso pasó primero por un juzgado de primera instancia, que estableció una pensión de 1.000 euros mensuales durante solo un año. La mujer recurrió la decisión y la Audiencia Provincial elevó la cuantía a 2.000 euros al mes y la fijó con carácter indefinido.
El exmarido, disconforme con esa decisión, llevó el caso ante el Tribunal Supremo con el objetivo de reducir tanto la cantidad como la duración de la pensión. Sin embargo, los magistrados rechazaron limitarla en el tiempo.
Según el tribunal, exigir que una mujer de 61 años que lleva más de dos décadas fuera del mercado laboral encuentre un empleo estable es algo “realmente complicado”. Para fijar un límite temporal a la pensión debería existir una alta probabilidad de que la persona pueda superar el desequilibrio económico por sí misma en el futuro.
Los jueces advierten que asumir que logrará reintegrarse con éxito al mercado laboral sería incurrir en “futurismo o mera adivinación”. Además, la sentencia subraya que la dedicación exclusiva al hogar “cercenó su acceso al mundo laboral”.
Esta situación también ha afectado a su jubilación. La mujer solo ha cotizado diez años a la Seguridad Social, lejos de los quince exigidos para acceder a una pensión contributiva, lo que refuerza la necesidad de garantizarle estabilidad económica a largo plazo.
El importe baja, pero la pensión será para siempre
Aunque el Supremo confirma el carácter vitalicio de la pensión compensatoria, sí ha decidido reducir la cuantía fijada por la instancia anterior.
Los magistrados consideran que la Audiencia Provincial no tuvo suficientemente en cuenta el efecto económico que tendrá la próxima liquidación de la sociedad de gananciales. Entre los bienes del matrimonio figura una vivienda sin cargas valorada en 390.500 euros.
Tras la venta del inmueble, la exesposa recibirá aproximadamente 195.250 euros. Según el tribunal, este capital le permitirá adquirir una vivienda más pequeña y reducir sus gastos cotidianos.
Por ello, el Supremo concluye que la compensación económica necesaria debe ajustarse. El resultado final es una pensión de 1.400 euros mensuales, sin límite temporal, destinada a garantizar su estabilidad económica durante el resto de su vida.
Escribe tu comentario