Las víctimas de abusos en la Iglesia ya pueden pedir reparación extrajudicial: claves del nuevo sistema estatal

El Gobierno activa un mecanismo para indemnizar y reconocer a afectados por pederastia en la Iglesia católica cuando la vía judicial ya no es posible

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Priests praying together church
El sistema reconoce dos vías de actuación: la indemnización económica o las medidas simbólicas. Foto: Freepik

 

las víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica cuentan con una nueva vía para solicitar reparación extrajudicial, una herramienta impulsada por el Gobierno que busca dar respuesta a quienes no pueden acudir a los tribunales. El sistema, aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado, abre la puerta a compensaciones económicas y medidas de reconocimiento para casos en los que los delitos han prescrito o los agresores han fallecido.

Este nuevo mecanismo supone un paso relevante en el reconocimiento institucional de las víctimas, muchas de las cuales han esperado durante años una respuesta que ahora se articula desde el ámbito administrativo.

 

Quién puede acogerse a este sistema

El programa está dirigido a personas que sufrieron abusos siendo menores de edad o en situación de vulnerabilidad, siempre que los hechos estén vinculados a la Iglesia católica y no puedan ser juzgados en la actualidad. También se contempla la posibilidad de que las solicitudes sean presentadas por representantes debidamente acreditados.

Además, este procedimiento es compatible con otras vías previas, lo que significa que quienes ya acudieron a mecanismos internos de la Iglesia podrán igualmente optar a esta nueva fórmula estatal.

 

Cómo presentar la solicitud paso a paso

El proceso de solicitud se ha diseñado para ser accesible y ágil. Las víctimas pueden tramitar su petición principalmente de forma telemática, a través del portal habilitado por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Para ello, será necesario identificarse mediante sistemas oficiales como Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, y aportar una descripción básica de los hechos. Asimismo, la administración ofrece canales de apoyo para resolver dudas, tanto por vía telefónica como por correo electrónico.

 

Cómo funciona el procedimiento

Una vez presentada la solicitud, el caso es evaluado por la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo, integrada por profesionales independientes. Este organismo analiza la situación y propone una medida de reparación adaptada a cada caso.

Si tanto la víctima como la Iglesia aceptan la propuesta, esta se convierte en un acuerdo vinculante. En caso de desacuerdo, se activa una comisión mixta con representantes de las partes implicadas para tratar de alcanzar un consenso. Si no se logra, la decisión final recae en el Defensor del Pueblo, que actúa como última instancia.

 

Tipos de reparación previstos

El sistema contempla dos grandes líneas de actuación. Por un lado, se incluyen indemnizaciones económicas, destinadas a compensar el daño sufrido y las posibles secuelas derivadas. Por otro, se plantean medidas simbólicas o restaurativas, como el reconocimiento institucional, el acompañamiento a las víctimas o la emisión de disculpas.

Cabe destacar que no se ha establecido un límite máximo para las compensaciones, ni tampoco criterios cerrados de valoración económica, lo que permite adaptar cada caso a su realidad concreta, aunque esta falta de baremos ha generado debate entre algunas asociaciones de víctimas.

 

Plazos y duración del sistema

El mecanismo ha entrado en vigor este 15 de abril y estará operativo durante un periodo inicial de un año, con posibilidad de ampliarse hasta dos. Durante este tiempo, las personas afectadas podrán presentar sus solicitudes y optar a este proceso de reparación.

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