El principal sospechoso del 'caso Jubany' se reincorpora a su puesto en la Conselleria de Educación
Desarrolla tareas administrativas, entre ellas, la "tramitación de expedientes jurídicos"
Santiago Laiglesia, investigado por el asesinato de Helena Jubany en diciembre de 2001 en Sabadell (Barcelona), se reincorporó a su puesto en la Conselleria de Educación y Formación Profesional de la Generalitat tras quedar en libertad con medidas cautelares en enero, según han informado fuentes del departamento a Europa Press.
Laiglesia regresó a su puesto en los Servicios Territoriales del Vallés Occidental (Barcelona), donde trabaja desde 2022 y desarrolla tareas administrativas, entre ellas, la "tramitación de expedientes jurídicos".
La Conselleria de Educación lo suspendió 'de facto' de empleo y sueldo después de que la titular del Juzgado de Primera Instancia 2 de Sabadell (Barcelona), que instruye el 'caso Jubany', acordara a finales de noviembre de 2025 su ingreso en prisión provisional.
En el auto consultado por Europa Press, la jueza argumentó para dictar la medida privativa de libertad que "aparecen en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito investigado a Santiago Laiglesia".
Para la titular, "a lo largo de la instrucción se acreditaron una serie de indicios que permitieron vincular, de forma provisional e indiciaria, a Santiago Laiglesia con la muerte dolosa de Helena Jubany".
Mencionaba entre estos indicios las "contradicciones" de Laiglesia y Montserrat Careta --que se suicidó cuando estaba en prisión provisional-- acerca del lugar en el que se encontraban y las actividades que realizaron el viernes 30 de noviembre de 2021 (fecha en la que desapareció Helena), incluido el sitio en el que durmieron esa noche.
Sobre los vestigios biológicos obtenidos de la ropa de Jubany, que motivaron la reapertura de la causa, la jueza señaló que en la zona inferior trasera del jersey que Jubany llevaba puesto cuando la asesinaron se localizó un haplotipo de cromosoma Y que "coincide" con el de Santiago Laiglesia.
También, que en una mezcla de ADN de al menos cuatro personas localizada en la misma prenda, uno de los perfiles es "compatible" con el de Laiglesia, y que es 26 billones de veces más probable que pertenezca a él y a otros 3 perfiles genéticos que a otros elegidos al azar entre la población española.
Este hallazgo "permite situarle en el lugar de los hechos en el momento de producirse", compatible tanto con una agresión física como con la maniobra de desvestir a la víctima antes de ser precipitada, según el auto.
Recurso
La defensa de este investigado presentó un recurso alegando que "ninguno de los datos o indicios" señalados por la instructora fueron suficientes para mantener abierta la causa contra Santiago Laiglesia.
Además, tildó la investigación de inquisitiva y sostuvo que los vestigios de ADN se analizaron en repetidas ocasiones con resultados muy dispares, y que hay informes en los que se concluye que "no se puede confirmar que el donante del perfil genético recibido" sea él.
La defensa de Laiglesia aseguró que el cromosoma Y no permite una identificación personal y que el estudio del ADN nuclear autosómico queda fuera del alcance y capacidades del laboratorio que realizó los análisis, por lo que no la fiabilidad necesaria que exije un dato que pretende ser incriminatorio.
Sobre la zona en la que se localizó el ADN, argumentó que "se encontraba en la parte inferior de la zona de la espalda, una zona muy común de contacto entre amigos o conocidos, como puede ser un abrazo, un gesto de contacto o de amistad" y que un jersey es una prenda que la gente suele repetir sin lavar previamente, por lo que el contacto entre ellos pudo ser anterior al día de los hechos.
En libertad desde enero
La Audiencia Provincial de Barcelona estimó este recurso contra la decisión del ingreso en prisión provisional, lo que provocó su salida en libertad el 8 de enero de 2026.
No obstante, el tribunal le impuso medidas cautelares: la obligación de que entregue su pasaporte, la prohibición de salida del territorio español sin autorización y que comparezca en los juzgados con una periodicidad mensual.
En el auto, el tribunal argumentó que no apreciaba riesgo de fuga, por lo que no estaba justificado mantener una medida tan gravosa, pero no entró a discutir la existencia de indicios contra Laiglesia, alegando que "la incriminación del recurrente, como posible autor del hecho, no resulta, a la vista del conjunto de los datos indiciarios obtenidos en la instrucción, ni irracional ni arbitraria".
Añadió que es innegable el contenido incriminatorio de la conclusión del informe sobre la muestra de ADN recogida en el jersey de la víctima, si bien remitió la discusión sobre esta prueba a la fase de juicio oral.
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