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Se ha estimado el recurso de apelación al considerar que cumplió con lo ordenado por la responsable de alérgicos
La Audiencia Provincial de Baleares ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de una de las monitoras condenadas por la muerte de una niña en el colegio La Salle de Mallorca tras comer un helado al que era alérgica, concluyendo en su absolución.
Según han confirmado fuentes cercanas a los hechos y ha adelantado 'Diario de Mallorca', se ha acreditado que la mujer actuó por orden de la responsable del comedor, sin tener la primera conocimiento ninguno de alergias. Asimismo, el Tribunal ha tenido en cuenta que la absuelta no podía conocer el contenido del helado, cuyo envase era transparente.
Por otro lado, el fallo de la Audiencia mantiene la pena de cárcel de un año y medio a la encargada del comedor del colegio y eleva a cuatro años la pena de inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión relacionada con la alimentación a menores de edad.
Cabe recordar que los hechos ocurrieron el 24 de mayo de 2019, a la hora del almuerzo, cuando la niña tomó de postre un sándwich de nata helado, sin lactosa, que le provocó un shock anafiláctico por ser altamente alérgica a la proteína de la leche.
El juicio a ambas profesionales se celebró en Palma a principios de mayo de 2022. Entonces, se concluyó que tanto la monitora como la encargada de los alérgicos cometieron un delito de homicidio por imprudencia grave al entregar a la alumna de cinco años el helado que causó su muerte tras provocarle una reacción alérgica.
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