El Tribunal de 'procés' rechaza de nuevo la libertad de los acusados presos
El Supremo recuerda a Rull que cualquier permiso penitenciario relacionado con las intervenciones jurídicas a su hijo serán autorizadas. También deniega deniega permiso a Forn para asistir a la toma posesión de su cargo en el AMB.
La Sala del Tribunal Supremo que juzgó el 'procés' independentista ha vuelto a rechazar de nuevo este miércoles poner en libertad a la mayoría de los acusados que se encuentran en prisión preventiva mientras esperan a conocer la sentencia.
En un auto, el tribunal que preside el magistrado Manuel Marchena ha desestimado los recursos de súplica interpuestos por el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez; el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart; y los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Dolor Bassa y Joaquim Forn contra la decisión adoptada el pasado 21 de junio en el que denegó su excarcelación.
La Sala reitera los argumentos esgrimidos entonces e insiste en que no se aprecian razones "sobrevenidas" que aconsejen levanta la medida cautelar de privación de libertad impuesta una vez que ha concluido la vista oral contra los 12 líderes independentistas.
En este sentido, los magistrados subrayan que el auto dictado hace un mes está "suficientemente motivada" y que "expone con claridad" por qué se mantiene la prisión provisional de los acusados: ni el riego de fuga, ni la reiteración delictiva se ha eliminado una vez ha concluido el juicio.
DENIEGA PERMISO A FORN
El tribunal del 'procés' también ha denegado el permiso extraordinario solicitado por el exconseller catalán de Interior en prisión preventiva, Joaquim Forn, para asistir este jueves 25 de julio, a la toma de posesión de su cargo en el Consell Metropolità del Área Metropolitana de Barcelona (AMB).
El rechazo a su salida de la prisión de Lledoners (Barcelona) se justifica, según la providencia hecha pública este miércoles, por los mismos motivos que llevaron al tribunal a rechazar su salida para asistir el pasado 15 de julio a la sesión de constitución del Pleno del Ayuntamiento de Barcelona, del que forma parte como concejal.
A LAS MISMAS PETICIONES, MISMAS RAZONES JURÍDICAS
En cuanto a los acusados que se encuentran en prisión preventiva mientras esperan a conocer la sentencia del 'procés', el tribunal añade que "como hemos declarado en anteriores resoluciones, la reiteración de determinados argumentos en las peticiones de libertad, sin perjuicio de su legitimidad, conduce necesariamente a una reiteración jurisdiccional de las razones ya expuestas para su rechazo".
Por otro lado, el auto se centra en una alegación concreta del exconseller de Presidencia y diputado suspendido de JxCat en el Congreso Josep Rull, que solicitó su libertad provisional en relación al estado de salud de uno de sus hijos, lo cual hacía entender que el riesgo de fuga ha desaparecido. La Sala admite que "no es ajena al impacto emotivo que la intervención quirúrgica de un hijo puede ocasionar" y que por ello, le concederá los permisos penitenciarios necesarios que estén relacionados con dichas intervenciones.
"El juicio ponderativo para resolver la difícil convergencia entre los derechos e intereses en juego, se ve notablemente facilitado por la posibilidad de conceder los permisos penitenciarios que, relacionados con esa intervención quirúrgica, puedan ser cursados", explica el Supremo.
La Sala ya concedió el pasado 19 de julio un permiso extraordinario a Rull para que abandone la prisión de Lledoners (Barcelona), en la que cumple prisión preventiva, para acompañar a su hijo durante una operación el próximo 20 de agosto.
EL DICTAMEN DEL GRUPO DE TRABAJO DE LA ONU NO ES VINCULANTE
Por último, el Supremo vuelve a insistir en que el dictamen del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, en el que se apoyan 'los Jordis' para pedir la imposición de "medidas menos gravosas" que la prisión no es vinculante.
Así, recalca que la cuestión ya fue "ampliamente tratada" en el auto recurrido y se reafirma en que el Gobierno no puede tomar medidas determinadas para remediar la situación, porque ello supondría ignorar "una de las notas esenciales" que definen cualquier Estado de Derecho que es la que "impide al Poder Ejecutivo dirigir instrucciones u órdenes a los tribunales de justicia".
Escribe tu comentario