Las prisiones catalanas decidirán en breve si conceden permisos a los líderes independentistas
La junta de tratamiento de las tres prisiones -Lledoners, Mas d’Enric y Puig de les Basses- en las que están recluidos los líderes independentistas darán a conocer su propuesta de cumplimiento de penas en los próximos días. .
Esta semana se cumplirán dos meses desde que el Tribunal Supremo dictó la sentencia del procés y se agota el plazo máximo para que las juntas de tratamiento de las tres prisiones catalanas - Lledoners, Mas d'Enric y Puig de les Basses- decidan si clasifican a los presos en segundo o tercer grado y su propuesta de cumplimiento de penas de los líderes independentistas.
Esta junta de tratamientos de la prisión está integrada exclusivamente por funcionarios y técnicos especializados y es el organismo encargado de clasificar a los internos y escoger el mejor camino hacia su reeducación y reinserción social. Para su reinserción elaboran un plan individualizado a cada uno de los nueve líderes independentistas presos y elevarán esta propuesta a la secretaría de Mesures Penals de la Generalitat, cuyo titular es Amand Calderó, que entró como máximo responsable de prisiones de la mano del conseller Carles Mundó y se ha mantenido en el cargo con la consellera Ester Capella, ambos de ERC.
La secretaría de Mesures Penals tendrá que homogeneizar criterios sobre la clasificación de los presos aunque en este caso lo tendrá más dificil ya que no existen precedentes en el sistema penitenciario catalán y se ocupará de contestar la propuesta de la junta de tratamiento en un proceso que puede durar un máximo de dos meses , con lo que el proceso podría dilatarse hasta febrero del 2020 inclusive.
La decisión que adopte la junta de tratamiento de las prisiones será comunicada a la Fiscalía, que decidirá si la asume o la recurre ante el juez de vigilancia penitenciaria. Y tres jueces tomarán decisiones al respecto, los jueces de las prisiones de Lledoners, Mas d’Enric y Puig de les Basses. Y aunque la Fiscalía podrá recurrir la clasificación que se les otorgue a los líderes independentistas el juez de vigilancia tendrá la última palabra y en el supuesto de que la postura de la Fiscalía y la del juez no sean coincidentes el ministerio público podrá impugnar la decisión ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena.
LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN PENITENCIARIA PERMITIRÁ TRABAJAR A LOS LÍDERES INDEPENDENTISTAS FUERA DE LOS MUROS DE LAS PRISIONES CATALANAS
El segundo grado es el régimen más común en el sistema penitenciario y está reservado para aquellos condenados “en quienes concurran unas circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia”, pero que carezcan de la capacidad para vivir por el momento en régimen de semilibertad.
El tercer grado por el contrario es de facto un sistema de semilibertad y es poco habitual que se conceda a internos que han sido condenados a largas penas. Mediante el mismo los internos sólo acuden a dormir a prisión y los fines de semana los pasan en sus casas. Este régimen se aplica a aquellos reclusos que “por sus circunstancias personales y penitenciarias estén capacitados para llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad”.
En caso de que los líderes independentistas sean clasificados en segundo grado, el plazo para pedir permisos es haber cumplido un cuarto de la condena que en caso concreto de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, que fueron condenados a 9 años de prisión, y dado que llevan casi dos años y dos meses encarcelados, significaría sobre la práctica que a mediados de enero de 2020 podrían optar a permisos ordinarios. Oriol Junqueras, sin embargo, alcanzará la cuarta parte de la condena en febrero del 2021.
Además el régimen penitenciario establece que los permisos ordinarios permiten salir de la cárcel un máximo de 48 días al año.
Esta semana se ha sabido por TV3 que tanto Joaquim Forn y como Josep Rull habían iniciado la búsqueda de un empleo desligado de la política porque en aplicación del artículo 100.2 se establece que el preso puede salir de la cárcel unas horas para trabajar o hacer voluntariado.
Tanto Oriol Junqueras al estar inhabilitado no podrá volver a ejercer de profesor en la Universidad Autònoma de Barcelona y Jordi Sànchez no podrá recuperar su plaza de adjunto al Síndic de Greuges.
La normativa permite que los internos clasificados en segundo grado “con baja peligrosidad y con bajo riesgo de quebrantamiento de la condena” puedan acudir regularmente a “una institución exterior a realizar algún programa de atención especializada” si este es beneficioso para su tratamiento y su reinserción social.
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