Denunciado por conducir a 168 km / h por la Ronda Litoral de Barcelona

Que elevado debe ser el exceso de velocidad para que sea considerado un delito? Al tratarse de un delito penal, los excesos de velocidad más graves están tipificados en el propio Código Penal, artículo 378.1.

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La Guardia Urbana de Barcelona ha cursado una denuncia penal al conductor de un turismo que en un tramo de la Ronda litorial donde la velocidad máxima es de 60 km / h circulaba a 168 km / h



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@GuardiaUrbanaBarcelona


Los excesos de velocidad, y las sanciones económicas, y detracción de puntos derivados de estos, están a la orden del día. Son algo común y, si has tenido la prudencia o la suerte que nunca te ha llegado una multa por exceso de velocidad, seguro que conocerás a alguien al que sí le ha pasado. Pero el peligroso llega cuando un exceso de velocidad supera los umbrales establecidos por la Dirección General de Tráfico y se convierte en delito, que está penado con sanciones muy duras, que incluyen la pena de prisión, y la privación del derecho a conducir vehículos a motor entre uno y cuatro años.


Ahora bien, ¿qué sucede cuando el exceso de velocidad se convierte en delito? Que elevado debe ser el exceso de velocidad para que sea considerado un delito? Al tratarse de un delito penal, los excesos de velocidad más graves están tipificados en el propio Código Penal, artículo 378.1, en el que reza lo siguiente:


Lo que condujera un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años


Cuando se considera que un exceso de velocidad es delito. Partiendo de este artículo del Código Penal, podemos resumir que un exceso de velocidad se transforma en delito cuando se producen los siguientes excesos de velocidad:


- Limite de 30 km / h (ciudad): circular a más de 90 km / h - Limite de 50 km / h (ciudad): circular a más de 110 km / h - Limite de 90 km / h (ciudad): circular a más de 170 km / h - Limite de 120 km / h (ciudad): circular a más de 200 km / h


En cualquier caso, como veremos a continuación, será necesario que aplicamos unos márgenes de error en estos umbrales para confirmar si se trata, o no, de un delito.



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