Rechazan los recursos de Puigdemont y otros excargos de la Generalitat para eximir-se del Tribunal de Cuentas
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La Fiscalía del Tribunal de Cuentas asegura que la inmunidad parlamentaria del expresidente catalán Carles Puigdemont no le exime de la fianza reclamada por el órgano fiscalizador en concepto de responsabilidad contable por el presunto uso irregular de fondos de la Generalitat para las delegaciones del Govern en el exterior y el Diplocat.
En un escrito de ocho folios, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal jefe de sala, Miguel Ángel Torres, desestima el recurso presentado el pasado julio por el líder independentista.
"Procede indicar que, en relación con la protección reconocida en el Protocolo nº 7 sobre los privilegios y las inmunidades en la Unión Europea, cabe señalar que no resulta de aplicación a un procedimiento de naturaleza administrativa, dirigido a determinar la exigencia de responsabilidades contables", precisa.
En este sentido, además, el fiscal insiste en que el presente procedimiento "no limita, en forma alguna, el derecho a la libertad de movimientos del recurrente ni tiene naturaleza penal o sancionadora". Puigdemont había pedido que se anulara la caución requerida al considerar que "tiene reconocida inmunidad como europarlamentario" que "alcanza a cualquier instancia y jurisdicción, incluido el Tribunal de Cuentas".
En su recurso, el expresidente reprochaba también la actuación del órgano fiscalizador y aseguraba que la afirmación realizada por la delegada instructora durante el acto de liquidación de que su inmunidad se extiende únicamente a los procesos penales es "contraria a derecho".
El fiscal respalda la actuación de la delegada instructora del Tribunal de Cuentas y en un segundo texto, además, rechaza la queja del eurodiputado sobre la decisión de no ampliar el plazo fijado para la presentación de la fianza.
Según el acta de liquidación notificada en julio, el órgano fiscalizador reclama a 34 excargos del Govern cantidades individuales por conceptos concretos que aprobaron cuando estaban en sus respectivos puestos de trabajo. Todos deben responder al total de forma solidaria hasta los 5,4 millones de euros.
RECHAZADO RECURSO DE ARTUR MAS
El Ministerio Público también rechaza las alegaciones del expresidente catalán Artur Mas, que presentó recurso pidiendo suspender el plazo para abonar la fianza al considerar que tres horas para la lectura del acta de liquidación era "insuficiente" para ejercer su derecho de defensa y que hasta ese día no se le notificó ni uno solo de los trámites efectuados en el procedimiento.
La Fiscalía explica que, tal y como ha establecido anteriormente la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, "no cabe notificar nada a ningún posible responsable" hasta el momento de citar a liquidación provisional porque hasta entonces no hay un presunto responsable contable identificado.
NI A JUNQUERAS NI A ROMEVA
Entre la batería de escritos -a los que ha tenido acceso Europa Press- presentados a la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, la Fiscalía rechaza también las impugnaciones del exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, y el exconseller de Asuntos Exteriores, Raül Romeva.
Ambos líderes independentistas, condenados por el Tribunal Supremo y absueltos por el Ejecutivo, alegaron que en la tramitación de las actuaciones previas en el órgano fiscalizador no se respetó su derecho de defensa y que se vulneraron sus derechos fundamentales.
Sobre el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad, el fiscal asegura que "carece de fundamento". Respecto a la invocación del principio de presunción de inocencia "resulta improcedente en la presente jurisdicción, según constante y reiterada jurisprudencia". Ambos argumentos fueron planteados también por otros excargos.
Así, el fiscal desestima impugnaciones presentadas por las defensas de 23 excargos de la Generalitat. Rechaza el argumento de Josep Manuel Suárez Iborra -exdelegado del Govern en el Reino Unido e Irlanda- y de Martí Anglada Birulés -delegado del Govern en Francia- de que la actuación del Tribunal de Cuentas equivale a la "derogación de competencias en materia de acción exterior de la Generalitat de Catalunya".
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