Publican la primera lista oficial de medicamentos fundamentales para el Covid-19

La lista se actualizará para reflejar los cambios en la situación de la pandemia que pueden dar lugar a un mayor riesgo de escasez de determinados medicamentos, o tras la autorización de nuevos fármacos. No obstante, la EMA ha avisado de que este trabajo no reemplaza la guía nacional sobre vacunación y el manejo clínico de COVID-19.

 

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Archivo - Aunando ventajas de la PCR y de los test rápidos, RAP-ID19 pretende aumentar la fiabilidad de los diagnósticos de COVID-19. /

 

Archivo - Aunando ventajas de la PCR y de los test rápidos, RAP-ID19 pretende aumentar la fiabilidad de los diagnósticos de COVID-19. /
Archivo - Aunando ventajas de la PCR y de los test rápidos, RAP-ID19 pretende aumentar la fiabilidad de los diagnósticos de COVID-19. /

 

El Grupo Directivo de Escasez de Medicamentos de la Agencia Europea del Medicamento (EMA, por sus siglas en inglés) ha publicado la primera lista de medicamentos fundamentales autorizados para el tratamiento del Covid-19 y que han sido aprobados en la Unión Europea.

 

La lista se actualizará para reflejar los cambios en la situación de la pandemia que pueden dar lugar a un mayor riesgo de escasez de determinados medicamentos, o tras la autorización de nuevos fármacos. No obstante, la EMA ha avisado de que este trabajo no reemplaza la guía nacional sobre vacunación y el manejo clínico de COVID-19.

 

Los titulares de autorizaciones de comercialización (TAC) de los medicamentos incluidos en la lista deben informar regularmente a la EMA sobre escasez potencial o real de fármacos, existencias disponibles y pronósticos de oferta y demanda

 

Además, los estados miembros deberán proporcionar informes periódicos sobre la demanda estimada de medicamentos críticos a nivel nacional.

 

Esto permitirá que la agencia recomiende y coordine acciones apropiadas a la Comisión Europea y a los estados miembros de la Unión Europea para prevenir o mitigar la escasez potencial, o real, de estps medicamentos. 

 

La EMA se pondrá en contacto individualmente con los TAC y las autoridades nacionales competentes para informarles sobre los plazos, procesos y las herramientas para recopilar la información requerida tras la adopción de la lista.

 

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