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Multa a cuatro eléctricas por contratar clientes sin su consentimiento

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impone una multa de 155.000 euros a cuatro eléctricas tras recibir reclamaciones de usuarios a los que se les había cambiado de comercializador.

Redacción Catalunyapress | jueves, 9 de marzo de 2017, 12:51
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo con un total de 155.000 euros por formalizar contratos de gas y electricidad sin el consentimiento de varios clientes.

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El organismo presidido por José María Marín Quemada ha resuelto estos expedientes tras recibir siete reclamaciones de usuarios que presentaron sus denuncias directamente ante la Comisión o a través de las oficinas municipales de información al consumidor.


En estos casos, los clientes denunciaron haber sufrido un cambio de comercializador --compañía que ofrece los servicios de gas y/ electricidad-- sin haber dado su consentimiento.


En consecuencia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, en atención a las circunstancias de cada caso, se abrieron los correspondientes expedientes sancionadores a estas cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural como responsables de infracciones leves de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.


CONTRATOS SIN CONSETIMIENTO DEL CLIENTE


La normativa establece el derecho del consumidor para elegir suministrador, y asimismo, las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que en los casos sancionados, las compañías no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes.


La CNMC ya publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los clientes y las comercializadoras de gas y electricidad, cuando se realiza un cambio de suministrador en los contratos de gas y/o electricidad de los usuarios.


Entre otros aspectos, la CNMC recomienda a las comercializadoras que eviten la captación de clientes a través de canales de venta domiciliaria, la contratación telefónica --especialmente en el caso de consumidores vulnerables y personas mayores--. También recuerda que deben identificarse de manera clara ante el consumidor y evitar prácticas o mensajes que generen confusión, entre otros.


La CNMC ha impuesto las siguientes sanciones: Endesa Energía, cinco multas de 20.000 euros cada una de ellas, hasta un total de 100.000 euros, en cuatro expedientes distintos; Iberdrola Clientes, una multa de 30.000 euros; Gas Natural Servicios, una multa de 10.000 euros y Viesgo Energía, una multa de 15.000 euros.


Estas resoluciones pueden ser recurridas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

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