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"El estado de fragilidad de las pinturas es tal que las hace especialmente vulnerables ante dicho proceso de desmontaje, transporte y montaje posterior".
La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca ha dictado un auto por el que deja sin efecto la ejecución provisional de la sentencia que ordenaba al Museo Nacional de Arte de Catalunya (MNAC) restituir a la Sala Capitular del Real Monasterio de Santa María de Sijena (Huesca) las pinturas murales ubicadas en la actualidad en el museo.
La juzgadora ha adoptado esta decisión debido a que "el estado de fragilidad de las pinturas es tal que las hace especialmente vulnerables ante dicho proceso de desmontaje, transporte y montaje posterior".
Estos mismos argumentos, expuestos por la jueza en la sentencia dictada el 4 de julio de 2016, son reiterados ahora en su auto en el que expresa que "la fragilidad de las pinturas, como ya se manifestara en la sentencia, no conlleva la imposibilidad de su reintegración a la Sala Capitular, sin embargo, sí que entraña unos riesgos. El riesgo, más que de pérdida total, de deterioro de las pinturas, es evidente teniendo en cuenta la fragilidad de las mismas, por los motivos que se han expuesto en esta resolución".
A la hora de tomar su decisión ha tenido muy en cuenta los informes emitidos por los distintos peritos y muy especialmente la del restaurador de los frescos de la Capilla Sixtina del Vaticano, Gian Luigi Colalucci, quien en su informe recomienda "extrema prudencia y cautela".
La propia sentencia descartaba que la restitución de las pinturas se pudiera realizar volviendo a pegar las pinturas murales a los muros de los que fueron arrancadas.
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