El juez rechaza el recurso de la Fiscalía y quiere que se investigue a Puigdemont y Rovira por terrorismo
García Castellón asegura en un auto que las últimas diligencias practicadas hasta la fecha han permitido "consolidar la hipótesis inicial"
El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha desestimado el recurso presentado por la Fiscalía contra su decisión de enviar la causa sobre 'Tsunami Democràtic' al Tribunal Supremo para que investigue por un delito de terrorismo en la causa al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, a la secretaria general de ERC Marta Rovira y a otras 10 personas al tiempo que ha insistido en el carácter terrorista de los hechos.
En un auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 explica que las últimas diligencias practicadas hasta la fecha han permitido "consolidar la hipótesis inicial", que calificaba los hechos como delito de terrorismo. Todo ello en esta causa en la que el magistrado investiga los disturbios supuestamente orquestados por la plataforma independentista en respuesta a la sentencia del Procés.
Así, frente al argumento de la Fiscalía de que no existen elementos de juicio nuevos, el juez se remite a la exposición razonada que envió al Supremo en la que desarrolla ampliamente la documentación aportada por los Mossos d'Esquadra en relación con los hechos acontecidos en el aeropuerto de El Prat del 14 de octubre de 2019, donde falleció un ciudadano francés a causa de un fallo cardíaco.
Del mismo modo, el juez también menciona el exhorto enviado al juzgado de L'Hopitalet de Llobregat que incoó diligencias a raíz de ese fallecimiento, así como los escritos de personación de varios policías nacionales personados como acusación particular y que resultaron lesionados en los incidentes que tuvieron lugar en Barcelona el 18 de octubre de ese mismo año.
El fiscal, en su recurso de reforma, indicaba, además, que la exposición razonada se había presentado cuando el Ministerio Público ya había recurrido el auto por el cual el juez acordaba dirigir el procedimiento contra los investigados. Sobre esta cuestión, el juez explica que la interposición de dicho recurso de apelación carece de efectos suspensivos, lo que no le impide seguir tramitando el procedimiento.
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