Denuncian a Ryanair y Vueling por cobrar suplementos por equipaje de mano en los aeropuertos catalanes
OCU Catalunya denuncia ante la Agencia Catalana de Consum de Catalunya que seis compañías con sede en esta Comunidad cobran suplemento por el equipaje de mano.
La Delegación en Catalunya de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado ante la Agencia Catalana de Consumo a estas seis compañías: AEGEAN AIRLINES, FINNAIR, NORWEGIAN AIR SHUTTLE, RYANAIR, SINGAPORE** AIRLINES y VUELING, por imponer a los viajeros que salen de los aeropuertos catalanes, el cobro de un suplemento por el equipaje de mano.
Este suplemento, cuyo importe se ha ido incrementando en los últimos meses, oscila entre los 5 y 40 euros por persona y trayecto según la compañía, hasta alrededor los 75 euros que pueden cobrar actualmente.
El aumento de estas tarifas por equipaje de mano se asocia a la prestación de servicios adicionales (no solicitados) tales como cambios de vuelo, prioridad en el embarque o elección de asiento. Hasta el punto de modificar sus tarifas de forma que resulte más económico facturar el equipaje que poder llevar una maleta de mano a bordo.
Este cargo adicional y la estrategia tarifaria implantada incumple la normativa en vigor aplicable, es contraria a las buenas prácticas y totalmente abusiva para los derechos de los pasajeros reconocidos en la Ley Navegación Aérea en su artículo 97, generando un grave desequilibrio de prestaciones entre el pasajero y la compañía, en perjuicio del consumidor.
Es más, existen sentencias contrarias a esta práctica, tanto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (18 septiembre de 2014), como de los Juzgados Mercantiles españoles. En ellas se establece la distinción clara entre el equipaje que viaja en bodega del avión, cuyo cobro es libre, y el equipaje “no facturado", como es el caso del equipaje de mano, un elemento indispensable del transporte aéreo que la compañía está obligada a trasladar sin poder exigir ningún tipo de sobrecoste. De hecho, no hay servicios asociados a este equipaje en tanto que es el propio usuario quien lo lleva consigo y lo custodia.
OCU Catalunya ha solicitado a la Agencia Catalana de Consum que inicie un procedimiento de inspección sobre estas compañías, respecto a este tipo de prácticas, y en su caso, proceda a imponer la sanción correspondiente.
**ACLARACIÓN
A raiz de la publicación de este artículo, el equipo de Singapore Airlines se ha puesto en contacto con esta redacción para desmentir la información aportada por la OCU: "Bajo ningún concepto la aerolínea singapurense cobra a sus pasajeros por transportar equipaje de mano en el avión, permitiendo que puedan llevar de forma totalmente gratuita una o dos maletas de cabina (dependiendo de la cabina en la que se viaje) de 7 kg cada una y la suma de largo, ancho y alto de cada pieza no puede ser superior a 115cm. Por razones de seguridad, comodidad y conveniencia de todos a bordo, la compañía comparte que es importante asegurarse que los compartimentos superiores no estén excesivamente llenos y la cabina permanezca despejada. Es por este motivo que, en el caso de que el equipaje de mano supere estos límites, será almacenado en el compartimiento de carga del avión sin coste asociado", ha afirmado la compañía en un comunicado recogido por CatalunyaPress.
Según Singapore Airlines, "el artículo en cuestión mezcla conceptos que no tienen relación con el hipotético cobro de equipaje de mano, como los cambios de vuelo, la prioridad en el embarque o la elección de asiento".
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