​El Supremo pide a Fiscalía que informe si debe abrir causa a Casado por el máster

Por delitos de prevaricación y cohecho impropio por parte del presidente del Partido Popular.

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Pablo casado sesión de control

 

Pablo casado sesión de control


El Tribunal Supremo ha pedido a la Fiscalía que informe sobre si debe abrir causa al presidente del PP, Pablo Casado, por los delitos de prevaricación y cohecho impropio relacionados con el título del máster que cursó en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC).


La Sala de Admisión pregunta a la Fiscalía si el Supremo tiene competencia para investigar al líder de los populares, ya que es aforado y si comparte los delitos que señaló la juez de Instrucción número 51 de Madrid, que inició esta causa.


La magistrada de los juzgados de Plaza de Castilla de Madrid Carmen Rodríguez-Medel elevó una exposición razonada al Supremo a principios de agosto reclamando que cite como investigado a Casado al sospechar que junto a un grupo de alumnas con vínculos políticos o personales con miembros de la universidad pudieron conseguir el título como "regalo o prebenda sin mérito académico alguno" por parte del director de estos estudios, el catedrático y exdirector del Instituto de Derecho Público, Enrique Álvarez Conde.


TRATO DE FAVOR


Según argumenta la exposición razonada de la juez de Madrid, a Casado se le aplicó una convalidación de créditos para obtener el título de "oficio", no por iniciativa del alumno. Añade que él y otras tres alumnas tuvieron un trato de favor a tenor de lo que se les exigió para las calificaciones con respecto a un grupo de alumnos "ordinarios", que sí fueron a clase y entregaron diversos trabajos, alguno de "investigación".


Explica la magistrada que en el año 2008-2009 "los alumnos que se matricularon en el máster, pagaron la tasa e indiciariamente se vieron favorecidos con el regalo del título sin realizar actividad de ningún tipo en los 20 créditos pendientes tras el reconocimiento de los otros 40". 


Es decir, se les calificó "sin trabajo ni actividad académica alguna de las cuatro asignaturas (total 20 créditos) que les restaba tras serle reconocidos los otros 40 gracias a un sistema de reconocimiento de créditos amparado en una interpretación generalizada de la normativa aplicable (Real Decreto 56/2005)".

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