Servicios Penitenciarios estudió si hubo uso indebido de datos personales de Jordi Turull en Lledoners
Trabajadores del servicio del Módulo 8 del centro vieron en la impresora del despacho de funcionarios la ficha básica con fotografía de Turull y de otro interno.
El Servicio de Inspección de la Dirección General de Servicios Penitenciarios de Catalunya abrió un expediente de información reservada (IR) al tener indicios de una actuación irregular en el uso de datos personales del diputado de JxCat Jordi Turull, aunque lo archivó al constatar que no se había hecho un mal uso de los datos.
En una respuesta parlamentaria de la consellera de Justicia de la Generalitat, Ester Capella, al diputado de Cs Manuel Rodríguez, se informa de que, la mañana del 15 de julio de 2018, trabajadores del servicio del Módulo 8 del centro vieron en la impresora del despacho de funcionarios la ficha básica con fotografía de Turull y de otro interno.
Al no haber sido solicitada dicha información, se abrió la información reservada por uso irregular de datos personales del Sistema de Información Penitenciario Catalán (Sipc), que se archivó el 21 de agosto porque, pese a las "disfunciones", no se había hecho mal uso de los datos personales a los que habían accedido los funcionarios.
Sin embargo, se adoptaron varias medidas correctoras como establecer filtros al acceso de datos personales en internos "que puedan tener una repercusión mediática y social", y elaborar un protocolo específico de control y supervisión periódica del acceso a estos datos.
La consellera también ha respondido a varias preguntas parlamentarias del diputado del PP Xavier García Albiol, en las que preguntó si ha habido trato de favor en el régimen de visitas de los líderes soberanistas en prisión preventiva: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Carme Forcadell y Dolors Bassa.
PROTOCOLO DE VISITAS
En sus respuestas, Capella precisa que los cargos públicos pueden visitar a los internos en los centros penitenciarios de todo el Estado siempre que la petición la curse el cargo interesado, el preso la acepte y que la autorice la dirección de la cárcel en función del horario y los medios disponibles, y añade que la normativa penitenciaria no prevé un número máximo de visitas.
Asimismo, la consellera apunta a que la normativa penitenciaria no regula qué cargos públicos tienen la condición de autoridad para realizar visitas a centros penitenciarios, y enumera que tienen condición de autoridad, a efectos penitenciarios: las autoridades judiciales y fiscales, los funcionarios de las oficinas judiciales, el Defensor del Pueblo, sus adjuntos y delegados, y las instituciones análogas de las comunidades, y los representantes diplomáticos y consulares.
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