Llegar tarde al trabajo puede implicar una rebaja del salario
La Audiencia Nacional dice que es legal descontar de la nómina los minutos que el trabajador fiche después de la hora estipulada.
La Audiencia Nacional (AN) ha emitido una sentencia según la cual, a raíz del registro horario obligatorio en las empresas, llegar tarde al trabajo puede suponer un recorte en la nómina.
Así lo ha dictado la Sala Social de la AN en su primera resolución sobre el registro horario laboral. Alega que "no existe una efectiva prestación de servicios por parte del empleado" cuando ficha después de la hora que le corresponde.
De esta manera, la AN desestima la demanda sindical contra la empresa de teleasistencia Atento.
CGT denunció que la compañía tenía como práctica habitual el recorte de la nómina si el empleado llegaba unos minutos tarde. En opinión del sindicato, esto podría compensarse con recuperar este tiempo o con otro tipo de sanciones disciplinarias, pero no bajando el salario.
La sentencia estipula que "para que exista multa de haber es necesario que haya un efectivo devengo del salario". Añade que "el trabajador no puede reclamar salario alguno por periodos de tiempo por ínfimos que estos sean en los que no exista efectiva prestación de servicios".
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