El Constitucional se inclina por eliminar de la ‘ley mordaza’ la prohibición de fotografiar a policías
El borrador de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como "ley mordaza", ya está preparado .
El borrador de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ‘ley mordaza’, ya está preparado y plantea anular varios artículos.
El borrador rechaza las sanciones por manifestarse ante el Congreso y el Senado. La actual ley contempla como infracción grave “la perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a la sede del Congreso de los Diputados, el Senado y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, aunque no estuvieran reunidas” y este punto sería inconstitucional.
Además, propone anular el artículo 36.23 de la ley mordaza que sanciona el uso, sin autorización, de imágenes o datos de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como, el artículo 19.2 que permite el secuestro de este material sin autorización judicial.
La Ley Orgánica 4/2015, del 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana entró en vigor el 1 de julio de 2015. Ese mismo año PSOE, IU, Grupo Mixto, UPyD, CiU y PNV presentaron un recurso contra doce de sus artículos por una supuesta vulneración de los derechos de manifestación, reunión, libertad de expresión y tutela judicial efectiva.
Los recursos de inconstitucionalidad presentados por los grupos parlamentarios se han distribuido en dos futuras sentencias. Esta primera ponencia es la redactada por Valdés; mientras que habrá una segunda que hará Juan José González Rivas, el presidente del Tribunal Constitucional.
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