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El TSJC considera dudosa la compatibilidad del reglamento metropolitano con la Ley de garantía de la unidad de mercado.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha suspendido cautelarmente el reglamento de ordenación de la actividad del transporte urbano VTC, como Uber y Cabify, que había impulsado el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), tal y como solicitaba la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
En un auto se convoca a la CNMC, que presentó un recurso contencioso contra el reglamento, y el AMB, impulsora de la medida, para una vista el jueves 26 de julio a las 10 horas.
El juzgado considera que el propósito del reglamento impugnado es "de cercenar sensiblemente el número de autorizaciones VTC operativas en el entorno metropolitano de Barcelona".
"Nos enfrentamos, pues, a una norma reglamentaria que presenta toda la apariencia de pretender soslayar que las autorizaciones VTC son títulos habilitantes estatales -gestionados en Catalunya por la Generalitat- que por sí mismos permitan la realización de servicios urbanos e interubanos en todo el territorio nacional", argumentan.
Así, consideran que precisamente por su naturaleza y alcance "no puede verse cortocircuitados por otros títulos habilitantes indebidamente yuxtapuestos", y consideran dudosa la compatibilidad del reglamento metropolitano con la Ley de garantía de la unidad de mercado.
Afirman que con la entrada en vigor del reglamento pueden "derivarse daños y perjuicios" difíciles de reparar, además de que supondría la pérdida automática de vigencia de buena parte de las autorizaciones VTC del ámbito metropolitano.
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