¿Eres funcionario y quieres pedir un traslado?
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública y los sindicatos CSI-F, CCOO, UGT, USO y CIG han unificado las condiciones sobre el traslado de funcionarios.
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública y los sindicatos CSI-F, CCOO, UGT, USO y CIG han unificado las condiciones sobre el traslado de funcionarios.
Así lo han firmado este lunes, se trata del I Acuerdo de Movilidad del Personal Funcionario al Servicio de la Administración General del Estado (AGE).
El documento, de nueve páginas, explica que los empleados públicos pueden moverse de un departamento ministerial a otro, así como en organismos considerados como deficitarios, como el servicio público de empleo (SEPE) o el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa). En estos casos, se permitirá el traslado una vez que el trabajador haya estado al menos seis años en el puesto.
Sobre los méritos necesarios, las partes perfilan ahora en qué medida ponderan cada uno de ellos, y está previsto que se cierre en el plazo de un mes.
El acuerdo se empezará a aplicar en el primer trimestre de 2019.
Será entonces cuando se convoque el primer concurso unificado para 16.000 funcionarios de las categorías C1 y C2 (administrativos y auxiliares administrativos), que podrán optar a la movilidad en departamentos de la AGE de toda España.
EXPERIENCIA
Se valorará la experiencia adquirida por el funcionario y se tendrá en cuenta el tiempo que haya estado desempeñando puestos de trabajo en un determinado nivel de complemento de destino, siempre en relación con el puesto o puestos que se solicitan.
También se tendrán en cuenta los cursos impartidos o recibidos dentro del esquema de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, y siempre que sean de una duración superior o igual a las 15 horas.
El documento precisa que los funcionarios que aleguen causes de conciliación de vida laboral, familiar y personal para pedir el traslado a otro municipio, deberán solicitar todos los puestos que allí se convoquen.
Habrá condiciones diferentes si un destino ha sido convocado antes por un cónyuge funcionario o por cuidado de hijos u otros familiares.
Escribe tu comentario