El Constitucional suspende el Plan de Acción Exterior de la Generalitat

Supone la suspensión cautelar por al menos cinco meses en cumplimiento el artículo 161.2 de la Constitución.

|
Tribunal constitucional 1 3

 

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra el Plan Estratégico de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea de la Generalitat de Catalunya, lo que supone su suspensión cautelar por al menos cinco meses en cumplimiento del artículo 161.2 de la Constitución.


Tribunal constitucional 1 3



El conflicto positivo de competencia planteado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez se planteó el pasado día 18 de octubre tras negarse el Ejecutivo de Quim Torra a cambiar el contenido, como le ha había pedido el Gobierno para evitar tener que acudir a los tribunales.


La providencia dictada este miércoles por el TC ordena concretamente la suspensión de la vigencia y aplicación del Acuerdo Gov/90/2019, de 25 de junio, por el que se aprobó el citado plan de acción exterior de relaciones con la Unión Europea 2019-2022.


El tribunal de garantías comunicará a Torra la suspensión acordada por el Pleno, al igual que dará traslado de la demanda y los documentos presentados para que el Gobierno catalán pueda aportar cuantos documentos y alegaciones considere convenientes.


Asimismo, la incoación del conflicto también se comunicará a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), para que informe sobre si ante la misma estuviera impugnado o se impugne el citado acuerdo. En caso de que esto sucedería, dicho proceso se suspendería hasta la decisión que adopte el tribunal de garantías, según establece el artículo 61.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.


La admisión a trámite del recurso presentado por el Gobierno y la suspensión del acuerdo no supone el cierre de las llamadas 'embajadas' catalanas, que sigue un proceso independiente y paralelo.


El Ministerio de Asuntos Exteriores ha recurrido ante el TSJC varias de estas delegaciones. Las primeras ocasiones lo hizo por motivos formales, pero en el caso de las tres últimas anunciadas por la Generalitat -en Túnez, Argentina y México- ya pidió la paralización cautelar de la apertura de estas argumentando que, a la luz de experiencias previas, estas oficinas no pretenden la "legítima proyección exterior" de Catalunya, sino "un fin inconstitucional como es la creación de una 'estructura de Estado' al servicio de un proyecto de transición nacional de carácter secesionista".

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
AHORA EN LA PORTADA
ECONOMÍA