Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont, será juzgado por presunto blanqueo de capitales del narcotráfico

El abogado participó presuntamente en el intentó de la organización del narcotraficante Sito Miñanco de blanquear dinero procedente del tráfico de cocaína

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Gonzalo Boye (arxiu)

 

La juez de la Audiencia Nacional María Tardón ha propuesto juzgar a José Ramón Prado Bugallo, "Sito Miñanco", y a otras 45 personas físicas, entre ellas al abogado Gonzalo Boye, por su presunta participación en dos operaciones con las que pretendían introducir en España casi cuatro toneladas de cocaína y por la creación de un entramado criminal para blanquear el dinero obtenido con la droga.

Gonzalo Boye (arxiu)



En el caso de Boye, que también es el abogado del ex presidente de la Generalitat Carles Puigdemont, la juez le imputa un presunto delito de blanqueo de capitales en el seno de una organización criminal, procedente del narcotráfico, en concurso con un delito continuado de falsificación en documento oficial. Fuentes de la defensa destacan que este auto no ha sido notificado aún, pero aseguran que una vez analizados los argumentos expuestos en la resolución recurrirán el procesamiento.


La decisión de proponerle juzgar se toma justo una semana después de que la juez instructora rechazara la petición de Boye de inhibirse en favor de los juzgados madrileños en relación a la investigación por presunto blanqueo de capitales. Tardón considera que estos hechos mantienen una conexidad con la causa principal sobre las operaciones de narcotráfico dirigidas por Miñanco y que por tanto no pueden juzgarse por separado.


ABOGADOS PARA RECUPERAR DINERO

La participación de Boye se inicia, según los investigadores, cuando presuntos miembros de la organización criminal son descubiertos por la policía en posesión de elevadas cantidades de dinero. Fue a partir de entonces cuando  destacados miembros de la organización, como Puentes Saavedra, Prado Bugallo y García Arango mantuvieron un encuentro con los abogados Gonzalo Boye Tuset y Jesús Morán Castro. En dicha reunión, éstos les informaron que elaborarían unos documentos y presentarían unos contratos de compraventa de letras de cambio que justificarían el origen legal del dinero intervenido.


De acuerdo a lo consignado en esa documentación confeccionada por los abogados, otro de los procesados, Manuel Pedro González Rubio, las habría adquirido y vendido a terceros unos días antes de la aprehensión del dinero en Barajas. Sin embargo, según la juez, este negocio "no presentaba lógica comercial alguna, por cuanto en algunos casos, las letras de cambio ya estaban vencidas cuando supuestamente González Rubio las vendió, y en otros la letra era de fecha anterior al préstamo hipotecario en virtud del cual se emitía".


La juez concluye que los abogados Gonzalo Boye Tuset, Jesús Morán Castro y Alejandro Guerra Medina, con la participación determinante de Lara Bolarín, conociendo la existencia de dichas letras cambiarias y el carácter ficticio de la operación comercial, "diseñaron y confeccionaron los documentos con el objeto de simular que González Rubio había vendido dichas letras de cambio días antes de la aprehensión y las presentaron en el expediente sancionador a sabiendas de su falsedad y de que la operaciones de compraventa eran ficticias, con el objeto de recuperar el dinero intervenido y ocultar que el mismo procedía del narcotráfico en última instancia".


FIANZA DE 131 MILLONES

En un auto de pase de diligencias previas a procedimiento abreviado, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 ha puesto fin a una investigación que se inició en febrero de 2016, momento en el que Sito Miñanco se encontraba cumpliendo condena de 16 años en el centro penitenciario de Algeciras por un delito contra la salud pública. En ese año disfrutaba ya del tercer grado, lo que le permitía trabajar en un parking de esa localidad.


La juez atribuye a los investigados, según su participación en los hechos, delitos contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño a la salud pública, concurriendo la agravante de notoria importancia, cometido en el seno de organización criminal y de extrema gravedad; blanqueo de capitales; delito continuado de falsificación de documento oficial o tenencia ilícita de armas.


Además, impone distintas fianzas para cubrir las eventuales responsabilidades económicas que pudieran derivarse de los hechos y delitos atribuidos a cada acusado. Así, a Sito Miñanco y a otros 25 procesados por delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño, la juez les impone una fianza de 131,5 millones de euros.


Entre los investigados también se encuentra Manuel Pedro González Rubio, tirador profesional, que es procesado por dos delitos de homicidio en grado de tentativa, un delito de atentado a agentes de la autoridad y lesiones puesto que cuando iba ser detenido, el 5 de febrero de 2018, disparó nueve veces contra los agentes de la Guardia Civil, hiriendo a dos de ellos. "Únicamente cesó en su acción cuando se acabó la munición del arma con la que disparaba", apunta la juez instructora.


LIDERAZGO

En el auto con fecha de este viernes, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 explica que la actividad de Miñanco continuaba siendo la introducción y distribución de sustancia estupefaciente en España, por cuanto mantenía sus contactos en organizaciones suministradoras de la droga en Sudamérica.


Para ello tenía a su disposición "un bien nutrido grupo de individuos, que, en muchos casos, ya habían acumulado una apreciable experiencia criminal en el negocio del narcotráfico, y que estaban dispuestos a participar en estas operaciones, ejecutando de forma casi reverencial cualquier actividad", afirma la magistrada en su auto.


El entramado criminal lo dirigía Prado Bugallo con un marcado carácter personalista, junto a colaboradores de su máxima confianza como Enrique García Arango y Juan Antonio Fernández Fernández, también condenados por narcotráfico.


El auto explica que en el marco de esta investigación se llevó a cabo la intervención del buque Thoran, abordado en 2017 cuando transportaba 3,3 toneladas de cocaína, y la aprehensión, en noviembre del mismo año, de un contenedor de cocaína en Países Bajos que ocultaba 615 kilos de la misma sustancia.


Además estas dos operaciones, la juez señala que hasta el momento de su detención, en febrero de 2018, Miñanco mantuvo la planificación y ejecución constante de otras operaciones de introducción, distribución y venta de droga.


La resolución también detalla la estructura societaria atribuida a Miñanco y recalca que las propiedades estaban a nombre de terceros pero en verdad él era "el único titular real y efectivo". Incluye inmuebles y numerosos vehículos que utilizaban los miembros de la organización para no ser detectados por la Policía; y explica tanto la función de los Astilleros Facho S.L. -centro logístico para construir embarcaciones y para ocultar los beneficios de la droga-, como los lugares en los que los miembros de la organización se reunían.


CORREOS HUMANOS

A lo largo de 72 páginas, la juez Tardón también concreta que el entramado utilizaba otras mercantiles además de las de Miñanco para ocultar los beneficios generados por la venta de la droga. Una tercera forma para esconder las ganancias sería el transporte de dinero que realizaban los propios miembros de la organización como una "actividad instrumental para alimentar los ingresos de sus empresas" o usando "correos humanos" para hacerlos llegar hasta Colombia.


La magistrada, que relata cómo se llevaban a cabo las operaciones realizadas por esos 'correos humanos', destaca que el 6 de febrero 2017 varios de los investigados fueron detenidos en el aeropuerto de Barajas cuando transportaban oculto en el fondo de su equipaje 889.620 euros.

Así, narra cómo ante esa aprehensión, García Arango y el también procesado Manuel Puentes Saavedra, quien coordinaba a través de "personas de confianza" los desplazamientos de dinero hasta Colombia, iniciaron las acciones para recuperar el dinero que pertenecía a Sito Miñanco. Y este punto es donde los investigadores incluyen la participación de Boye.


BOYE SE DEFIENDE

El abogado Gonzalo Boye ha adelantado que entregará a la Audiencia Nacional pruebas documentales aclaratorias que le exculparán "sin lugar a dudas" del delito de blanqueo de capitales por el que se le ha propuesto juzgar en el marco de su presunta participación en el intento de introducir en España casi 4 toneladas de cocaína.


En un comunicado, la oficina de prensa de Boye ha asegurado que, una vez se analice el procedimiento que ha permanecido secreto por espacio de casi dos años, se presentarán, "en tiempo y forma", pruebas documentales "suficientemente aclaratorias que, sin lugar a dudas, exculpan" al abogado de cualquier responsabilidad en ese supuesto delito de blanqueo de capitales.


En este sentido, ha recalcado que ni por parte de Gonzalo Boye "ni de nadie de su despacho, en ningún momento, ha habido blanqueo de capitales" y ha defendido que únicamente se ha hecho "el trabajo que como defensores tal cual lo establece el Estatuto General de la Abogacía Española y lo refuerza la propia ley 10/2010, de 28 de abril de prevención de blanqueo de capitales, ya que el artículo 2.1 ñ) los excluye de ser sujetos obligados en materia de prevención del blanqueo de capitales".


En esta línea, la oficina ha recordado que la propia ley establece que los abogados "no estarán sometidos a las obligaciones establecidas en los artículos, 7, 3, 18 y 21 con respecto a la información que reciban de uno de sus clientes, incluido el asesoramiento y la defensa sobre la incoación o la forma de evitar un proceso, independientemente de si han recibido u obtenido dicha información durante, antes o después del proceso, y guardarán el deber de secreto profesional por la defensa de la propia esencia del derecho y conforme a la legislación vigente".

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