El SEPE explica cuándo un jubilado puede cobrar el paro
El derecho a paro se pierde con la jubilación, pero existen dos excepciones en las que se puede seguir cobrando esta prestación.
@EP
El SEPE explica en su página web que "el derecho a la prestación por desempleo se extingue por pasar a ser pensionista de jubilación". En España esto supone una edad de 65 años (si se han cotizado más de 37) o 66 años (si se han cotizado menos de 37 años y 3 meses). .Sin embargo, ha aclarado que existen dos excepciones que permiten que los jubilados cobren el paro.
La primera de ellas se puede dar si una persona, al cumplir la edad de jubilación, no cumple los requisitos para cobrar esta prestación (es decir, tener al menos 15 años cotizados). En ese caso la persona afectada debería presentar "una certificación expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social" y podría continuar cobrando el paro.
Por otro lado, este también podría cobrarse a la misma vez que una jubilación parcial o si se tiene una pensión de jubilación con un sistema que no sea el de España.
Si por el contrario el jubilado no está dentro de ninguna de estas dos excepciones, podrá recurrir a la pensión de jubilación para seguir ingresando dinero a su cuenta bancaria.
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