Catalunya pierde un nuevo pulso por Sijena: rechazada la querella catalana y se abre la posibilidad de multa

El tribunal rechaza la querella por prevaricación de cinco antiguos titulares del Departamento y advierte de una posible "mala fe" procesal en su estrategia

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Sijena
El TSJA avala la entrega forzosa de las obras y castiga la estrategia jurídica de los exconsellers. Foto: Europa Press

 

El largo y complejo conflicto por el patrimonio del Monasterio de Villanueva de Sijena suma un nuevo capítulo en los tribunales, esta vez con un revés para la representación política catalana. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha dictado un auto en el que inadmite a trámite la querella presentada por cinco exconsellers de Cultura de la Generalitat de Catalunya contra la jueza encargada de ejecutar la devolución de las pinturas murales.

Los querellantes —Laura Borràs, Lluís Puig, Joan Manuel Tresserras, Àngels Ponsa y Ferran Mascarell— acusaban de un presunto delito de prevaricación a la magistrada Rocío Vargas, así como a diversos representantes del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Sijena. Sin embargo, la justicia aragonesa no solo ha rechazado la demanda, sino que ha validado plenamente la actuación judicial realizada hasta la fecha.

 

 

La justicia avala la ejecución forzosa

El núcleo de la disputa reside en la orden de restitución de las pinturas murales al Monasterio oscense, una decisión que el Tribunal Supremo ya ratificó de forma definitiva en mayo de 2025. Ante la falta de una entrega voluntaria por parte de las instituciones catalanas, la magistrada querellada ordenó la ejecución forzosa de la sentencia.

Para los magistrados del TSJA, esta actuación no solo es legal, sino que es el cumplimiento estricto del deber judicial. El auto subraya que la jueza actuó de forma "plenamente ajustada a derecho", limitándose a hacer cumplir lo ordenado por instancias superiores. En este sentido, el tribunal recalca que no existe indicio alguno de resolución injusta, sino un "recto cumplimiento" de la función jurisdiccional que establece la Constitución Española.

 

Un posible "abuso de derecho" por parte de los exconsellers

Más allá de la inadmisión, el tribunal ha sido especialmente crítico con la estrategia jurídica empleada por los antiguos responsables de la cartera de Cultura. Los magistrados apuntan a una "absoluta falta de fundamento" en las acusaciones de prevaricación, lo que les lleva a sospechar de un posible uso abusivo de la justicia.

Como consecuencia, el TSJA ha decidido:

  • Abrir una pieza separada para investigar si ha existido mala fe procesal o abuso de derecho.
  • Evaluar la imposición de una sanción económica a los exconsellers, que podría oscilar entre los 180 y los 6.000 euros.

Por otro lado, el tribunal también ha denegado la petición del Ayuntamiento de Sijena para iniciar un proceso por injurias y calumnias contra los políticos catalanes, al considerar que, al no admitirse la querella original, no hay objeto sobre el que litigar en ese sentido.

Con este auto, el TSJA cierra una puerta a la vía penal intentada por los exconsellers, a quienes ahora solo les queda la opción de presentar un recurso de súplica en un plazo de tres días ante la misma Sala.

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