El Constitucional desestima la tesis del Supremo que tildó la amnistía de "golpista"
El Pleno del TC solo estima "parcialmente" la cuestión, al rechazar las alegaciones de vulneración de la igualdad y seguridad jurídica
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha asestado un revés judicial al Tribunal Supremo (TS) al estimar solo "parcialmente" la cuestión de inconstitucionalidad que el alto tribunal había promovido contra la Ley de Amnistía. El Constitucional rechaza así la mayoría de las alegaciones del Supremo, que llegó a calificar la norma de "golpista" e inconstitucional.
La decisión del TC, anunciada este miércoles, valida los fundamentos esenciales de la Ley de Amnistía, que fue pactada por el Gobierno para garantizar la investidura de Pedro Sánchez.
La igualdad ante la ley no fue vulnerada
La consulta del Supremo, entonces presidido por Manuel Marchena, se centró principalmente en la supuesta vulneración del derecho a la igualdad ante la ley. El Supremo argumentaba que la amnistía solo perdonaba a los independentistas catalanes, excluyendo a quienes defendieron la unidad de España.
El Constitucional ha sido contundente al rechazar esta alegación, reafirmando una doctrina ya sentada en verano: la Ley de Amnistía "ha de entenderse aplicable, con las mismas condiciones, límites y requisitos que sus normas establecen, a quienes realizaron los actos amnistiables con la finalidad de oponerse a la secesión o independencia de Catalunya".
De este modo, el TC desestima las alegaciones de vulneración del principio de arbitrariedad, de igualdad y de seguridad jurídica planteadas por el Supremo.
Rechazo a los argumentos "hipotéticos" y la fianza
La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez Sancho, estima parcialmente la cuestión solo en un punto muy específico (relativo al artículo 1.1 de la Ley Orgánica de Amnistía), pero "la desestima en todo lo demás".
El TC también respondió a la crítica del Supremo sobre la "inseguridad jurídica" que la amnistía podría generar. El alto tribunal español advirtió que la norma abriría la puerta a futuras amnistías de cualquier ideología. Sobre esto, el Constitucional dictamina:
"Se trata obviamente de aspectos no solo extrajurídicos sino también puramente hipotéticos, cuyo análisis es ajeno al juicio de constitucionalidad que ahora nos corresponde".
El Constitucional se alinea con la Fiscalía General del Estado, señalando que el principio de seguridad jurídica no implica que los ciudadanos puedan confiar en que la ley penal no cambiará, permitiendo al legislador considerar contextos históricos, políticos o sociales para aplicar excepciones.
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