Los euros de los españoles

Teresa Gálvez Dávila
Funcionaria de Carrera en el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid

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Varios opositores llegan para realizar pruebas para docentes, al IES Butarque, a 18 de junio de 2022, en Leganés, Madrid, (España) - Recurso EP

 

La realización de pruebas psicológicas es práctica habitual para la selección de personal en las empresas privadas.

 

En el último trimestre de 2024, el gobierno español, tiene que reportar a la Comisión Europea que tienen un titular fijo las 370.000 plazas convocadas de procesos de Estabilización-Consolidación, realizándose con pruebas selectivas calificadas como “memorísticas” los procesos selectivos que sean concurso-oposición. 

 

En la Oferta de Empleo público de 2025 tendrá que estar plenamente implantado el modelo de empleo público calificado “Por Competencias”, que evalúa las aptitudes y actitudes de los candidatos. 

 

A finales de enero comienzan a examinarse los aspirantes a plazas A1las más altas de la Administración pública, de la Generalitat Valenciana, con el programa piloto del Modelo “Por Competencias”, teniendo una prueba de “dinámica de grupos” en su proceso selectivo, siendo previsible que haya psicólogos durante la realización de las mismas. A los aspirantes de la administración andaluza, se les podrá evaluar de las habilidades cognitivas, la exposición curricular, pruebas psicométricas y entrevistas conductuales estructuradas.

 

Ya en 2007 estaba prevista la “Evaluación del desempeño en nuestra normativa básica como empleados públicos.

 

Tomando en cuenta que nos dirigen políticos, que tienen ideas completamente diferentes de la sociedad, de la economía y de, cómo y quién, debe dar servicio público a los ciudadanos, la evaluación “Por Competencias” para ingresar y ascender en la Administración y la “Evaluación del desempeño” para permanecer en la plaza, puede adquirir criterios muy subjetivos y que, además, se modifiquen con los respectivos cambios de gobierno.

 

El cuarto ingrediente de este convulso momento en la Administración pública española, que gestionamos el mayor volumen del PIB del país, es la incorporación del personal directivo profesional, sin acceder por oposición. No se trata de licitar un contrato de asesoramiento para la Administración, tampoco es personal eventual al servicio de los políticos, se trata de seleccionar ejecutivos del sector privado que tendrán legalmente poder de dirección en la Administración pública, a los que se evaluarán los resultados de los objetivos asignados y que, lógicamente, se aplicarán para lograrlos y ganarse el pan.

 

Hasta la fecha, el poder de decisión en la Administración pública residía en los grupos A1, apodados los “pata negra”, envidiados por su posición y admirados por el titánico esfuerzo que realizaron para lograr sus plazas, muchas de las cuales están sujetas a la Libre designación, es decir, que su nombramiento y cese es discrecional.

 

Tomando en cuenta la retahíla de condenas firmes por corrupción política que jalonan nuestro país y que los euros ganados duramente por los españoles no se devuelve al erario público, añado otra propuesta en este artículo, a nuestros políticos

 

Siempre me chirrió la redacción del artículo 80 del Estatuto Básico del Empleado público, nuestra norma fundamental, y común, para las plazas de Libre Designación, cuya redacción es “……..establecerán los criterios para determinar los puestos que por su especial responsabilidadconfianza puedan cubrirse por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública”.

 

En un momento que se debilita la posición del empleado público, tomando en cuenta que los niveles  de funcionarios públicos tienen de tope el nivel 30, propongo que se modifique el artículo 80 del EBEP limitando a Libre Designación las plazas de niveles 28 y 30teniendo que provisionarse por Concurso de Méritos las plazas de niveles 26, 27 y 29, es decir por carrera profesional, un sistema tasado, para equilibrar plazas en posición de poder que puedan ser seleccionados por la decisión de alguien, respecto de  aquellas cuyo acceso es por procedimiento administrativo.

 

Claramente, si se produjera esta modificación del artículo 80 del EBEP, se podrían modificar algunos, no todos, los méritos de esas plazas por Concurso de Méritos, no convocarse las plazas, o directamente amortizarse o eliminarse de la Relación de Puestos de Trabajo, para solamente cubrir por Libre Designación algunas de las plazas que tienen poder, en la actualidad, en la Administración pública española.

 

Particularmente sería recomendable realizar esta modificación de la Ley ahora con la progresiva jubilación actual de empleados públicos y porque en la Administración pública no hay comunicación entre el empleado saliente y el entrante: Los históricos son importantes en muchos puestos de trabajo para proteger nuestra función como empleados públicos respecto del ciudadano.

 

Estoy segura que esta propuesta contaría con el beneplácito de todas la Instituciones europeas, ya que los Fondos Next Generation supondrán un potente motor de inversión para la economía española los próximos años y se celebran Elecciones autonómicas, locales y estatales en 2023, que novarán los equipos políticos que dirigirán el país los próximos años.

 

Te agradecería si puedes enviar este artículo a todos tus contactos, para que antes que los camellos de los Reyes Magos aterricen en la isla perejil, lo sepan sus habitantes.

 

Te deseo un feliz 2023 


 

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